Una abogada de Manizales, madre de una estudiante menor de edad, logró que se archivara el proceso penal en su contra por el delito de uso de documento público falso, gracias a la aplicación del principio de oportunidad. El caso se originó el 16 de enero de 2017, cuando presentó documentos falsificados del Liceo Superior de Bogotá ante el colegio Agustín Gemelli para matricular a su hija, quien había perdido el año lectivo en el Colegio Bilingüe Nuestra Señora del Rosario en Bogotá y repetido en Lans de Manizales. Estos documentos incluían sellos y firmas falsos que afirmaban la aprobación de séptimo y octavo grado durante 2015-2016, además de un paz y salvo inexistente, lo que el rector del colegio verificó como ausente en los registros oficiales tras una denuncia presentada el 25 de mayo de 2017.
La Fiscalía General de la Nación investigó la falsificación destinada a la matrícula escolar, un delito que contempla penas de entre cuatro y doce años de prisión. Sin embargo, la abogada indemnizó al colegio Agustín Gemelli con sillas y mesas por un valor de 3.665.000 pesos, ofreció disculpas públicas a través de una emisora de la Policía Metropolitana de Manizales y se acogió al principio de oportunidad, lo que permitió archivar el proceso. El fallo se conoció el viernes 23 de enero, evitando así una condena para la imputada, quien inicialmente no aceptó los cargos.
Investigación abierta por fraude en venta de inmuebles
En contraste, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Manizales mantiene abierta una investigación contra la misma abogada por fraude procesal y uso de documento falso relacionados con la venta de un inmueble y una camioneta en septiembre de 2017 en Villamaría. En este caso, involucra a la madre y su hija, quienes habrían vendido las propiedades sin el consentimiento del hijo del afectado, un hombre hospitalizado por una cirugía de cráneo, utilizando firmas falsificadas confirmadas mediante análisis grafológico. La imputación ocurrió en diciembre de 2018, pese a una reparación civil de 120 millones de pesos ofrecida por las acusadas.
La jueza argumentó que los delitos contra la fe pública no precluyen automáticamente por reparación económica y que esta no extingue la acción penal estatal, destacando el impacto en la fe pública e instituciones. La decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales sobre este proceso permanece pendiente, con penas potenciales de seis a doce años por fraude procesal y cuatro a doce años por uso de documento falso.















