Bogotá establece el cierre de ejercicio 2025: fechas, vencimientos y riesgos

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Plazos y procedimientos para el cierre fiscal 2025 en Bogotá

La secretaría de Hacienda Distrital estableció normas claras para garantizar un cierre contable ordenado al finalizar el año 2025. La Dirección de Tesorería recordó a las entidades de la administración local, incluidas las alcaldías y los establecimientos públicos del Distrito, que deben acatar los plazos descritos en la circular DDT 14 de 2024 y su actualización publicada en la circular 008 de octubre de 2025.

“La transición entre vigencias fiscales se realizará con un control estricto de los recursos” — Secretaría de Hacienda Distrital

Entre los aspectos relevantes se contemplan la gestión de reintegros y de cajas menores. El plazo para radicar reintegros quedó fijado para el 16 de diciembre. Hasta esa fecha, las entidades podrán transferir a la Tesorería los saldos remanentes de sus cajas menores, asegurando un manejo adecuado de los fondos asignados durante el año.

No estará disponible, durante este periodo de cierre, el procesamiento de reembolsos por caja menor, con el objetivo de evitar posibles inconsistencias contables de último momento, conforme a lo establecido por la circular 008 de 2025.

En materia de anulaciones, la fecha límite para completar este trámite es el 19 de diciembre.

Paralelamente, las cuentas por pagar que permanezcan en estado ‘Registrado’ en el sistema SAP-BogData y que no hayan sido radicadas correctamente antes del 31 de diciembre serán anuladas de forma automática. Esta medida refuerza la necesidad de una gestión documental puntual y la sistematización de las obligaciones financieras del Distrito, de acuerdo con la normativa citada.

El sistema SAP-BogData dispondrá de una ventana exclusiva del 23 al 31 de diciembre, hasta las 11:00 a.m., para registrar cuentas por pagar que estén bajo la custodia de los tesoreros. Este intervalo busca facilitar la incorporación de compromisos que quedaron pendientes y evitar rezagos que afecten el balance fiscal de la ciudad.

Esta franja horaria no altera los demás plazos de liquidación de deudas pendientes.

  • 16 de diciembre: fecha límite para radicar reintegros
  • 19 de diciembre: fecha límite para completar anulaciones
  • 23 al 31 de diciembre, hasta las 11:00 a.m.: periodo para registrar cuentas por pagar en SAP-BogData

Las autoridades enfatizan que estas medidas buscan garantizar la trazabilidad y la adecuada distribución de recursos durante la transición entre ejercicios fiscales, conforme a lo dispuesto por la circular 008 de 2025.

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