Bogotá: Pico y Placa prohíbe placas 6-7-8-9-0 el martes 13 de enero de 2026

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La Secretaría de Movilidad de Bogotá, adscrita a la alcaldía de la ciudad, notificó las restricciones del programa Pico y Placa para el martes 13 de enero de 2026, fecha que corresponde a un día impar, por lo que los vehículos particulares con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 no podrán circular entre las 6:00 y las 21:00 horas en toda la capital. Esta medida, vigente de lunes a viernes, busca reducir la circulación vehicular, aliviar el tráfico y disminuir la contaminación ambiental, siguiendo el esquema establecido donde los automóviles con dígitos finales del 1 al 5 están restringidos en días pares, mientras que los del 6 al 0 lo están en impares. Las motocicletas quedan exentas de esta prohibición.

El programa Pico y Placa, implementado desde 1998 y con más de dos décadas de funcionamiento, divide los vehículos particulares en estos dos grandes grupos según el último dígito de su placa. Para los taxis y el transporte especial, las restricciones operan desde las 5:30 horas y se organizan en grupos de dos dígitos —como 1-2, 3-4, 5-6, 7-8 y 9-0—, con rotación semanal. Los vehículos de carga enfrentan limitaciones de lunes a viernes entre las 6:00 y 8:00 horas, así como de 17:00 a 20:00, y solo pueden transitar los sábados bajo condiciones relacionadas con su peso y antigüedad.

Excepciones y sanciones aplicables

Entre las excepciones destacadas se encuentran los vehículos eléctricos e híbridos, los de diplomáticos, emergencias, personas con discapacidad, así como aquellos con tres o más ocupantes siempre que cuenten con registro previo. Además, el Pico y Placa Solidario permite la circulación a cambio de un aporte económico destinado a mejorar el transporte público. Vale la pena mencionar el Pico y Placa Regional, que rige el último día de puentes festivos en nueve corredores de ingreso a Bogotá, como la Autopista Norte y Sur, donde los impares no circulan de 12:00 a 16:00 y los pares de 16:00 a 20:00, con excepciones más limitadas que no incluyen la modalidad de tres ocupantes ni la solidaria.

Consecuencias por incumplimiento

Quienes infrinjan estas normas enfrentarán una multa de 522.900 pesos colombianos, valor correspondiente a 2023, acompañada de la inmovilización del vehículo conforme a la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Estas restricciones forman parte de una estrategia continua para promover una movilidad más sostenible en Bogotá, invitando a los conductores a planificar sus desplazamientos con antelación y optar por alternativas como el transporte público o compartido.

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