Bogotá restringe circulación de todos los vehículos particulares por pico y placa el 23 de marzo de 2026

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La Secretaría de Movilidad de Bogotá, adscrita a la Alcaldía de la capital, publicó el calendario del programa Pico y Placa para el lunes 23 de marzo de 2026, estableciendo restricciones totales a todos los vehículos particulares entre las 6:00 y las 21:00 horas, con el objetivo de reducir la circulación vehicular y la contaminación ambiental en la ciudad. Esta medida, que se aplica de lunes a viernes salvo fines de semana y festivos, afecta específicamente a Bogotá y obliga a los conductores a respetar los grupos definidos por el último dígito de la placa: los terminados en 1 a 5 no podrán circular en días pares, mientras que los de 6, 9 y 0 quedan restringidos en días impares.

Para ese día en particular, ninguna placa particular podrá transitar durante el horario pico, mientras que los taxis y vehículos de transporte especial enfrentan restricciones desde las 5:30 horas, organizados en grupos por dos dígitos que cambian semanalmente, como 1-2, 3-4 y demás. Los vehículos de carga, por su parte, tienen horarios limitados de 6:00 a 8:00 y de 17:00 a 20:00 horas, aunque en sábados están condicionados por peso y antigüedad. Las motocicletas quedan exentas de esta restricción específica, al igual que diversos tipos de vehículos con excepciones, entre ellos eléctricos, híbridos o de cero emisiones, diplomáticos, funerarias, de emergencia, para personas con discapacidad, aquellos con ocupación de tres o más personas, y otros que requieran registro previo.

Las medidas del Pico y Placa

El programa de restricción vehicular, vigente desde 1998, busca disminuir el tráfico y la contaminación mediante una rotación diaria basada en la terminación de la placa, con opciones como el Pico y Placa Solidario que permite circulación libre a cambio de un pago, y el Pico y Placa Regional que opera en nueve corredores de ingreso a la ciudad durante los últimos días de puentes festivos: para placas impares de 12:00 a 16:00 horas y pares de 16:00 a 20:00 horas, en vías como la Autopista Norte y Sur. La aplicación varía cada día según las disposiciones de la Alcaldía de Bogotá, y cualquier infracción se cataloga como artículo C.14 del Código Nacional de Tránsito, conllevando una multa de 522.900 pesos colombianos —vigente en 2023— más la inmovilización del vehículo.

Este esquema, implementado hace más de dos décadas, continúa siendo una herramienta clave para manejar la movilidad en la capital, recordando a los ciudadanos la importancia de planificar sus desplazamientos y verificar las excepciones disponibles para evitar sanciones.

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