La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Dirección de Impuestos de Bogotá (DIB), con el acompañamiento de la Secretaría de Hacienda, anunciaron el calendario definitivo para la entrega de la información exógena 2025 en Colombia. El esquema estará escalonado por el último dígito del NIT o del documento de identificación y, a partir del 1 de septiembre de 2025, será obligatorio usar la plataforma oficial de medios magnéticos para presentar estos datos. Los primeros usuarios deberán registrarse y operar con Storm-User 4.4.2; para las personas jurídicas no debe incluirse el dígito de verificación del NIT; y el correo registrado en el Registro de Información Tributaria (RIT) no está vinculado a la plataforma, por lo que se podrá utilizar cualquier dirección activa para el registro y la presentación. Además, si se requiere volver a enviar la información, solo se podrá hacer con autorización previa mediante los canales oficiales; los archivos quedan respaldados para auditorías y consultas, lo que facilita correcciones y trazabilidad. La Secretaría de Hacienda ofrece canales de orientación para resolver dudas durante el proceso.
La información exógena recolecta datos sobre transacciones económicas efectuadas durante un periodo determinado y su presentación periódica es obligatoria; la digitalización tributaria busca mayor control, transparencia y organización de movimientos financieros, con beneficios para contribuyentes y autoridades. En la misma línea, se destaca que el registro inicial exige una versión actualizada del Storm-User 4.4.2 para personas naturales y que, en el caso de personas jurídicas, no debe incluirse el dígito de verificación del NIT. El único canal oficial para la presentación es la plataforma de medios magnéticos y, como ya se mencionó, el correo registrado en el RIT no está vinculado a la plataforma, por lo que cualquier dirección activa puede emplearse para el registro y la presentación. Si surgen dudas, la Secretaría de Hacienda ofrece orientación personalizada para acompañar a los usuarios en cada paso del proceso.
Calendario y plataforma: fechas, requisitos y alcance
Las fechas de entrega quedan determinadas por el último dígito del NIT o del documento de identificación, con una distribución que avanza poco a poco hasta la fecha final. Para el dígito 0 la entrega está prevista para el 27 de octubre de 2025; el dígito 1 tendrá su ventana el 28 de octubre, seguido por el 29 para el dígito 2 y el 30 para el dígito 3. El dígito 4 corresponde al 31 de octubre, mientras que los dígitos 5 y 6 se distribuirán en el 4 y el 5 de noviembre, respectivamente; los dígitos 7 y 8 quedarán para el 6 y 7 de noviembre y, finalmente, el dígito 9 cerrará el periodo el 10 de noviembre de 2025. Paralelamente, la plataforma oficial estará disponible desde el 1 de septiembre de 2025, con lo que los contribuyentes pueden empezar a preparar sus envíos con anticipación y evitar prisas al momento de entregar.
«La digitalización tributaria aporta mayor trazabilidad, confidencialidad y precisión en las operaciones, al tiempo que facilita auditorías y evita congestiones en el sistema», afirmó Elena Pineda, directora de la DIAN.
En síntesis, estas medidas responden a la necesidad de modernizar la relación entre ciudadanos y Estado, buscando mayor control, transparencia y eficiencia en la gestión de la información tributaria. La plataforma de medios magnéticos se consolida como el único canal oficial para la entrega de información exógena, y la posibilidad de reenviarla estará sujeta a la autorización previa mediante los canales oficiales; la Secretaría de Hacienda mantiene disponibles canales de orientación para resolver dudas y acompañar a los usuarios en este proceso de transición.

















