Cartagena anuncia Pico y Placa por dígitos para particulares y taxis hasta enero 2026

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El Gobierno de Cartagena, a través de la Alcaldía de la ciudad, anunció la nueva rotación del Pico y Placa para vehículos particulares y taxis que regirá desde julio de 2025 hasta enero de 2026, con un esquema diario basado en el último dígito de la placa y horarios específicos por tipo de vehículo. Esta medida, que no aplicará los domingos ni en festivos, busca disminuir la cantidad de parque vehicular en las vías, reducir el tránsito y los accidentes, además de mejorar la calidad del aire en Cartagena, Colombia. Para los particulares, la vigencia inicia el 7 de julio de 2025 y se extiende hasta el 2 de enero de 2026, mientras que los taxis comenzarán el 30 de junio de 2025.

Los horarios establecidos para particulares son de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 18:00 a 20:00 de la noche, de lunes a viernes; para motos, de 5:00 a 23:00 horas; y para taxis, de 6:00 a las 6:00 del día siguiente, es decir, durante 24 horas. Quienes infrinjan la norma enfrentarán una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo vital diario que asciende a 47.450 pesos, además de la inmovilización del vehículo. El programa Pico y Placa varía según la ciudad, el día, la hora y el tipo de vehículo, y esta actualización corresponde al segundo semestre de 2025, publicada por la Alcaldía.

Detalles de la rotación por períodos

Para los vehículos particulares, durante el período del 7 de julio al 3 de octubre de 2025, los dígitos restringidos serán los siguientes: lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0. A partir del 6 de octubre de 2025 hasta el 2 de enero de 2026, la rotación cambia a lunes 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, viernes 1 y 2. En el caso de los taxis, las rotaciones se detallan por etapas: del 30 de junio al 1 de agosto de 2025, lunes 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, viernes 1 y 2; del 4 de agosto al 5 de septiembre, lunes 5 y 6, martes 7 y 8, miércoles 9 y 0, jueves 1 y 2, viernes 3 y 4; del 8 de septiembre al 31 de octubre, lunes 7 y 8, martes 9 y 0, miércoles 1 y 2, jueves 3 y 4, viernes 5 y 6; del 6 al 31 de octubre, lunes 9 y 0, martes 1 y 2, miércoles 3 y 4, jueves 5 y 6, viernes 7 y 8; del 3 de noviembre al 5 de diciembre, lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0; y del 8 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026, lunes 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, viernes 1 y 2.

Entre las excepciones que no están sujetas a esta restricción se encuentran los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los de entidades oficiales, de emergencia, médicos, de rescate de órganos, de control de tráfico, de recolección de residuos hospitalarios, medios de comunicación, turísticos y de enseñanza automovilística, siempre y cuando cuenten con un Permiso Especial obtenido mediante solicitud con la documentación en regla. Como contexto actual, este miércoles 31 de diciembre, las restricciones aplican a motos y particulares en los dígitos 7 y 8, mientras que no rige para taxis. Esta medida busca ordenar el movilidad en Cartagena de cara al nuevo año.

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