Cartagena: pico y placa restringe motos y particulares 9-0 este 28 de enero

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La Alcaldía de Cartagena activó este miércoles 28 de enero la restricción vehicular de Pico y Placa, medida que impide la circulación de motocicletas y vehículos particulares con placas terminadas en 9 y 0, con el objetivo de reducir el parque automotor en las vías, aliviar el tránsito, disminuir los accidentes de tránsito y mejorar la calidad del aire en la ciudad. Esta rotación aplica de lunes a viernes, excepto en domingos y días festivos, y se rige por el último dígito de la placa según un calendario específico, en horarios diferenciados por tipo de vehículo: las motos quedan restringidas desde las 5:00 hasta las 23:00 horas, mientras que los particulares no pueden transitar entre las 7:00 y las 9:00 de la mañana, y de 18:00 a 20:00 en la noche. Cabe destacar que para este día, los taxis quedan exentos de la medida y pueden operar sin limitaciones.

La infracción a esta norma conlleva una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo con un valor diario de 47.450 pesos, además de la inmovilización inmediata del vehículo. La rotación cambia diariamente y varía según la ciudad, pero en Cartagena busca fomentar un flujo vehicular más ordenado durante la semana laboral.

Calendario de rotación para vehículos particulares

Para el período que va del 7 de julio al 3 de octubre de 2025, los particulares enfrentarán las siguientes restricciones: los lunes no circulan placas terminadas en 1 y 2, martes en 3 y 4, miércoles en 5 y 6, jueves en 7 y 8, y viernes en 9 y 0. Posteriormente, del 6 de octubre de 2025 al 2 de enero de 2026, la rotación ajusta a lunes con 3 y 4, martes 5 y 6, miércoles 7 y 8, jueves 9 y 0, y viernes 1 y 2, manteniendo el esquema de dos dígitos por día para distribuir equitativamente la carga vial.

Calendario específico para taxis en 2025

Los taxis, que normalmente operan las 24 horas en días de restricción de lunes a viernes salvo festivos, seguirán un calendario rotatorio por períodos en 2025: del 30 de junio al 1 de agosto con lunes en 3-4 y similares; del 4 de agosto al 5 de septiembre con lunes en 5-6; del 8 de septiembre al 31 de octubre con lunes en 7-8; del 6 al 31 de octubre con lunes en 9-0; del 3 de noviembre al 5 de diciembre con lunes en 1-2; y del 8 de diciembre al 2 de enero con lunes en 3-4, asegurando su disponibilidad continua para el servicio público.

Vehículos exentos de la restricción

Entre los vehículos que pueden circular sin restricciones se encuentran aquellos con permiso especial, los eléctricos o de cero emisiones, los de carácter oficial, los destinados a emergencias, atención médica, distribución de medicamentos, rescate de órganos, control de tráfico y grúas, manejo de residuos hospitalarios, medios de comunicación, servicios turísticos y enseñanza automovilística, siempre que se solicite el permiso con la documentación requerida ante las autoridades.

Esta medida, implementada en Cartagena como parte de estrategias urbanas comunes en varias ciudades colombianas, refuerza el compromiso de la Alcaldía por una movilidad sostenible y segura, invitando a los conductores a planificar sus desplazamientos y consultar el calendario oficial para evitar sanciones.

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