Cartagena publica rotación Pico y Placa para particulares y taxis hasta enero 2026

Compartir en redes sociales

La Alcaldía de Cartagena, a través de su gobierno distrital, publicó la rotación del Pico y Placa para vehículos particulares y taxis que regirá durante el segundo semestre de 2025 y se extenderá hasta el 2 de enero de 2026. Esta medida, aplicable en toda la ciudad, busca disminuir la cantidad de vehículos en las vías, reducir el tránsito vehicular, prevenir accidentes y mejorar la calidad del aire. Para los particulares, la restricción inicia el 7 de julio de 2025, mientras que para los taxis arranca desde el 30 de junio del mismo año, y en ambos casos no aplica los domingos ni festivos.

La rotación se basa en el último dígito de la placa vehicular y varía según el día de la semana y el tipo de vehículo. Los particulares enfrentan restricciones de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 18:00 a 20:00 de la noche, de lunes a viernes. En cambio, los taxis tendrán limitaciones continuas desde las 6:00 de un día hasta las 6:00 del siguiente, y las motocicletas no podrán circular de 5:00 a 23:00. El programa cambia diariamente considerando el día, la hora y el tipo de vehículo, con excepciones que requieren una solicitud formal acompañada de documentación en regla y paz y salvo.

Detalles de la rotación para vehículos particulares

Para el período comprendido entre el 7 de julio y el 3 de octubre de 2025, los lunes no podrán circular los vehículos particulares con placas terminadas en 1 y 2, los martes en 3 y 4, los miércoles en 5 y 6, los jueves en 7 y 8, y los viernes en 9 y 0. A partir del 6 de octubre de 2025 hasta el 2 de enero de 2026, la rotación se ajusta de la siguiente manera: lunes para dígitos 3 y 4, martes para 5 y 6, miércoles para 7 y 8, jueves para 9 y 0, y viernes para 1 y 2.

Rotación específica para taxis y consideraciones especiales

Los taxis siguen un calendario detallado por etapas: del 30 de junio al 1 de agosto de 2025, los lunes corresponden a dígitos 3 y 4, y así sucesivamente ajustándose por periodos; del 4 de agosto al 5 de septiembre, inicia con lunes para 5 y 6; del 8 al 31 de octubre con lunes para 7 y 8; del 6 al 31 de octubre con lunes para 9 y 0; del 3 de noviembre al 5 de diciembre con lunes para 1 y 2; y del 8 de diciembre al 2 de enero de 2026 nuevamente con lunes para 3 y 4. Cabe destacar que para el 31 de diciembre, un miércoles, las restricciones aplican a motos y particulares con dígitos 7 y 8, aunque para taxis no habrá aplicación ese día.

Entre las excepciones autorizadas se encuentran vehículos eléctricos o de cero emisiones, los de entidades oficiales, servicios de emergencia, médicos, distribución de medicamentos, rescate de órganos, control de tráfico y grúas, manejo de residuos hospitalarios, medios de comunicación, turísticos, de enseñanza automovilística, así como aquellos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción. Cualquier infracción conllevará una multa de 711.750 pesos, equivalente a 15 días de salario mínimo diario de 47.450 pesos, además de la inmovilización del vehículo.

Esta medida, reportada por fuentes como Infobae y la propia Alcaldía de Cartagena, responde a la necesidad de gestionar el tráfico en una ciudad turística como Cartagena, promoviendo una movilidad más sostenible durante las festividades de fin de año y el inicio del 2026.

Sigue leyendo