La Alcaldía de Cartagena informó que la restricción vehicular conocida como Pico y Placa no aplicará el próximo martes 13 de octubre, una medida que cobija a particulares, motos y taxis en la ciudad. La decisión fue dada a conocer junto con la publicación del calendario oficial de rotaciones para el año 2026, en el que se establecen los días y horarios en los que los vehículos deberán dejar de circular según el último dígito de su placa, el tipo de automotor y el día de la semana.
La medida, que busca reducir el parque vehicular, descongestionar el tránsito, disminuir los accidentes automovilísticos y mejorar la calidad del aire, contempla horarios diferenciados dependiendo del tipo de vehículo. Para las motos, la restricción aplica desde las 5:00 de la mañana hasta las 11:00 de la noche; para los automóviles particulares, el pico y placa rige en dos franjas, de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 6:00 a 8:00 de la noche; y para los taxis, la medida se extiende durante 24 horas, desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 del día siguiente. Quienes incumplan la norma deberán asumir una multa de 711.750 pesos, equivalente a quince días de salario mínimo vigente, teniendo en cuenta que el salario mínimo diario es de 47.450 pesos. Además, el vehículo será inmovilizado de inmediato por las autoridades de tránsito.
Calendario de rotaciones para vehículos particulares en 2026
El calendario publicado por la administración distrital establece cuatro períodos de rotación para los vehículos particulares, comprendidos entre el 16 de enero de 2026 y el 22 de enero de 2027. En el primer período, que va del 16 de enero al 27 de marzo de 2026, los lunes no circulan los vehículos con placas terminadas en 5 y 6; los martes, las terminadas en 7 y 8; los miércoles, las de 9 y 0; los jueves, las de 1 y 2; y los viernes, las de 3 y 4. En el segundo ciclo, que corre del 30 de marzo al 27 de junio de 2026, los dígitos restringidos cambian: lunes quedan prohibidas las placas 7 y 8; martes, 9 y 0; miércoles, 1 y 2; jueves, 3 y 4; y viernes, 5 y 6.
La tercera rotación va del 30 de junio al 2 de octubre de 2026, con los siguientes dígitos: lunes, 9 y 0; martes, 1 y 2; miércoles, 3 y 4; jueves, 5 y 6; y viernes, 7 y 8. Finalmente, desde el 5 de octubre de 2026 hasta el 22 de enero de 2027, la restricción operará de la siguiente manera: lunes, placas 1 y 2; martes, 3 y 4; miércoles, 5 y 6; jueves, 7 y 8; y viernes, 9 y 0. Estas rotaciones aplican de lunes a viernes, exceptuando los días festivos, en el horario de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 6:00 a 8:00 de la noche para los vehículos particulares.
Rotación para taxis y vehículos exentos
Para los taxis, la administración distrital publicó la rotación correspondiente al período del 1 al 26 de junio de 2026, en la cual los lunes no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 5 y 6; los martes, los de 7 y 8; los miércoles, los de 9 y 0; los jueves, los de 1 y 2; y los viernes, los de 3 y 4. Esta restricción aplica durante todo el día, desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 del día siguiente.
La norma contempla un conjunto de vehículos exentos que podrán circular libremente durante los horarios de restricción. Entre ellos se encuentran los automotores con permiso especial de acceso, los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los vehículos oficiales, los de emergencia, los dedicados a la atención médica, la distribución de medicamentos, el rescate o traslado de órganos y tejidos, el control de tráfico y las grúas, la recolección de residuos hospitalarios, los medios de comunicación, los servicios turísticos y los de enseñanza automovilística. Para solicitar la exención, el propietario debe presentar una solicitud formal con la documentación en regla del vehículo y del conductor, además del paz y salvo por todo concepto, ante las autoridades competentes de la ciudad.










