Cámara pide a Corte 30 días más para enmendar reforma pensional

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La Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, presidida por Nicolás Antonio Barguil Cubillos y conformada por los vicepresidentes Simón Molina Gómez y Erick Adrián Velasco Burbano, solicitó formalmente ante la Sala Plena de la Corte Constitucional una ampliación excepcional de 30 días hábiles para cumplir con la orden de subsanar el trámite legislativo de apartes específicos de la Ley 2381 de 2024, la reforma pensional. La solicitud fue firmada el 21 de octubre de 2026, cuando el plazo inicial de 30 días hábiles, contados a partir del 18 de septiembre de 2026 tras la notificación de la Sentencia C-264 de 2026 (con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera), vence el 30 de octubre de 2026. En el escrito, radicado dentro del expediente D-15989, la Mesa pidió que esta extensión única comience a regir a partir del vencimiento del plazo actual y que se ajusten los términos para rendir el informe y entregar las actas correspondientes.

LaSentencia C-264 de 2026 devolvió a la Cámara de Representantes contenidos específicos de la reforma pensional para corregir vicios de procedimiento, lo que implica subsanar disposiciones como el inciso cuarto del artículo 11, una proposición aditiva relacionada con el artículo 14, el literal k del artículo 19, el parágrafo transitorio del artículo 23, el artículo 36, el inciso segundo del artículo 63, una propuesta de adición vinculada con esa misma disposición, el numeral quinto del artículo 84, el inciso primero del artículo 92, el artículo 93 y una proposición para incluir un artículo nuevo. La Cámara aclaró que no se trata de repetir la votación de toda la ley, sino de subsanar exclusivamente estos apartes señalados en la parte resolutiva del fallo.

Razones de la solicitud de ampliación

La Mesa Directiva argumentó que el período otorgado por la Corte coincidió con el debate y la aprobación del Presupuesto General de la Nación para 2027, un proceso que tiene su propio calendario constitucional y orgánico, lo que obligó a atender de manera paralela la discusión presupuestal y la preparación del procedimiento de subsanación. Además, señalaron que la actual composición de la Cámara es distinta de la que participó en el trámite original de las disposiciones devueltas, por lo que se requiere garantizar los pasos formales: convocatoria, publicidad, anuncio, deliberación, votación y conexidad temática. La solicitud busca tiempo para organizar la identificación y comunicación de las proposiciones, la preparación de documentos, las convocatorias, los anuncios previos, la discusión de solicitudes de separación, las votaciones y la consolidación de los soportes para el informe final.

La Mesa Directiva también pidió que, en caso de concederse la ampliación, se mantengan íntegramente el objeto de la devolución, las restricciones materiales y de conexidad establecidas en la sentencia, así como las garantías de publicidad, participación, deliberación y votación. La Corte Constitucional deberá ahora definir si concede este plazo adicional de 30 días hábiles, lo que permitiría a la Cámara completar el procedimiento sin afectar las exigencias del fallo. Mientras tanto, los congresistas continúan preparando el material necesario para cumplir con la orden judicial en los términos que finalmente determine el alto tribunal.

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