CNE advierte a campañas: eventos políticos solo a puerta cerrada desde el 25 de mayo

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió un pronunciamiento oficial en el que recuerda a los actores políticos que, durante la recta final de las elecciones presidenciales, los eventos de campaña deben realizarse a puerta cerrada, conforme a las restricciones establecidas en el Decreto de Orden Público No. 188 de 2026 del Ministerio del Interior. La comunicación, firmada por el presidente de la corporación, Cristian Ricardo Quiroz Romero, y el vicepresidente, Alfonso Campo Martínez, fue publicada en medio del cierre de campaña, a pocos días de la primera vuelta presidencial programada para el 31 de mayo de 2026. El documento cita el artículo 265 de la Constitución, el Código Electoral y las leyes 130 de 1994, 1475 de 2011, 996 de 2005, así como el mencionado decreto.

En el comunicado, el CNE subraya que sus competencias están delimitadas estrictamente por el marco legal vigente y que, si algún ciudadano considera que un acto político vulnera alguna de esas disposiciones, especialmente cuando pueda afectar el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías, puede radicar su solicitud ante la corporación. La entidad se encuentra facultada para adelantar actuaciones administrativas frente a candidatos, organizaciones políticas y aun terceros que infrinjan tales normas. Este recordatorio se da en un momento de alta actividad política y tras recientes eventos del candidato Iván Cepeda, que concentraron la atención política y mediática.

Advertencia a las autoridades locales

El pronunciamiento también advierte que las autoridades de policía y las administraciones municipales son las responsables directas de hacer cumplir las restricciones impuestas por el Decreto 188, el cual establece que desde el lunes 25 de mayo de 2026 toda reunión política solo puede realizarse en espacios cerrados. El CNE fue enfático al señalar que el incumplimiento de estas funciones por parte de tales autoridades podrá dar lugar a las actuaciones disciplinarias que adelante la Procuraduría General de la Nación.

«Las competencias del Consejo Nacional Electoral (CNE) están delimitadas por el artículo 265 de la Constitución Política, el Código Electoral, las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011 y para el caso de la elección presidencial la Ley 996 de 2005. Si, en ese marco estricto, algún ciudadano considera que un acto político vulnera alguna de dichas disposiciones, especialmente cuando pueda afectar el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías, puede radicar su solicitud ante la Corporación, la cual se encuentra facultada para adelantar actuaciones administrativas frente a candidatos, organizaciones políticas y aun terceros que infrinjan tales normas.»

Consejo Nacional Electoral (comunicado firmado por Cristian Ricardo Quiroz Romero y Alfonso Campo Martínez)

La noticia se reporta como en desarrollo, a la espera de posibles reacciones de los candidatos y las agrupaciones políticas ante este nuevo llamado del organismo electoral. El CNE reiteró que cualquier ciudadano puede radicar solicitudes si considera que un acto político vulnera las disposiciones, lo que abre la puerta a que la misma comunidad ejerza control sobre el cumplimiento de las normas en esta recta final de la contienda presidencial.

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