El Consejo Nacional Electoral de Colombia archivó el proceso disciplinario abierto contra el candidato presidencial Abelardo de la Espriella, acusado de presunta violencia política basada en género por parte de la abogada Sondra Macollins Garvín. La decisión se formalizó mediante la Resolución de la Sala Plena No. 1627 de 2026, tras valorar las pruebas y testimonios presentados, concluyendo que las publicaciones y declaraciones en cuestión no aluden directamente ni afectan los derechos políticos de la denunciante, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2453 de 2025.
La denuncia había sido interpuesta inicialmente por Sondra Macollins Garvín ante la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República, desde donde fue remitida al Consejo Nacional Electoral para su trámite. El organismo electoral determinó que las pruebas aportadas no acreditan conductas de violencia política conforme a la normativa vigente, por lo que consideró improcedente abrir un proceso formal y Abelardo de la Espriella no enfrentará ninguna investigación administrativa.
Fundamentos de la decisión del CNE
La resolución oficial del CNE, respaldada también por un informe de la revista Semana, detalla que tras un exhaustivo análisis de los elementos probatorios, no se hallaron evidencias suficientes para sustentar la acusación. Esta determinación pone fin al expediente y libera al candidato de cualquier sanción en este frente, en el marco de las elecciones presidenciales en curso.
Con esta medida, el Consejo Nacional Electoral reafirma su rol en la vigilancia de las campañas políticas, asegurando que solo procedan las denuncias con sustento fáctico sólido, según lo documentado en fuentes como el informe de Semana y el expediente oficial del organismo.












