CNE autoriza hasta dos testigos por mesa para segunda vuelta presidencial

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) abrió la puerta para que los partidos, movimientos políticos, coaliciones y comités promotores del voto en blanco con reconocimiento legal puedan postular hasta dos testigos electorales por cada mesa de votación y uno por comisión escrutadora, con miras a la segunda vuelta presidencial programada para el 21 de junio de 2026. La decisión, anunciada por el presidente del CNE, Cristian Ricardo Quiroz Romero, busca fortalecer las garantías democráticas y aumentar la vigilancia ciudadana en el control del proceso electoral. El plazo para realizar estas postulaciones vence el viernes 18 de junio a las 5:00 de la tarde, y los interesados deberán hacerlo exclusivamente a través de las plataformas dispuestas por las autoridades electorales, donde se verificará la identidad de cada candidato antes de expedir la credencial oficial, que podrá ser tanto física como digital.

Esta medida, que aplica tanto en Colombia como en el exterior, se sustenta en lo dispuesto por la Resolución 1707 de 2019 y demás normativas electorales vigentes. La acreditación de hasta dos testigos por mesa de votación representa un incremento significativo en la capacidad de observación, permitiendo un control más detallado sobre cada etapa del proceso. Además, la figura del testigo por comisión escrutadora garantiza que la vigilancia se extienda más allá de la jornada de votación, abarcando también el escrutinio de los votos.

Funciones y alcances de la vigilancia electoral

Los testigos electorales acreditados tendrán la misión de observar, vigilar y reportar cualquier irregularidad que se presente antes, durante y después de la jornada electoral. En la fase previa, deberán verificar la conformación de los jurados de votación, la integridad de las actas, los paquetes de tarjetas electorales y que la urna esté vacía. Durante la votación, su labor se centrará en garantizar el voto secreto, asegurarse de que los ciudadanos usen la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas y evitar cualquier tipo de interferencia en el proceso. Una vez cerradas las mesas, podrán observar el escrutinio y, si cuentan con la acreditación correspondiente, acompañar a las comisiones escrutadoras en su labor.

En caso de detectar alguna anomalía, los testigos tienen la facultad de formular reclamaciones por escrito, tal como lo establece el artículo 122 del Código Electoral. Si dicha reclamación solicita un recuento de votos, los jurados de votación deberán atenderla de manera inmediata. Sin embargo, la normativa también es clara sobre lo que no pueden hacer: está prohibido que los testigos manipulen formularios electorales, acompañen a los votantes al cubículo, hagan insinuaciones sobre el sentido del voto, realicen propaganda electoral, porten distintivos de partido político o cedan su credencial a un tercero. El incumplimiento de estas prohibiciones puede acarrear sanciones.

Un proceso con mayores garantías

Para ingresar a un puesto de votación, los testigos deberán presentar su credencial oficial junto con su cédula de ciudadanía. La decisión del CNE, que abre la postulación hasta el 18 de junio, busca facilitar la participación de la ciudadanía en el control del proceso electoral, en un contexto donde la transparencia y la confianza en el sistema son pilares fundamentales para la democracia. La segunda vuelta presidencial del 21 de junio de 2026 será, así, observada de cerca por quienes decidan asumir este rol de vigilancia, contribuyendo a la legitimidad de los resultados.

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