CNE de Bogotá: Baquero cambia voto y habilita a Cepeda en consulta del Frente por la Vida

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En una sesión de Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) celebrada este lunes 2 de febrero, el magistrado Altus Baquero, del Partido Liberal, protagonizó un inesperado cambio de voto que inclinó la balanza a favor de la postulación del senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, en la consulta interpartidista del Frente por la Vida prevista para el 8 de marzo. La decisión, resultado de una votación final de 5-4, obliga al CNE a convocar a dos conjueces: Alejandro Felipe Sánchez, del Centro Democrático, y Manuel Antonio Avella, del Partido Liberal, para resolver el empate en la ponencia elaborada por la comisión especial integrada por los magistrados Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry.

El giro se produjo durante el debate sobre la posible inhabilidad de Cepeda derivada de su participación en una consulta interpartidista el 26 de octubre de 2025, bajo las disposiciones de la Ley 1475 de 2011. Inicialmente, la votación marcaba un 6-3 en contra de la postulación, pero el cambio de posición de Baquero, quien había emitido conceptos previos el 17 de octubre de 2025 oponiéndose a esta participación similar al caso del exalcalde Daniel Quintero, alteró el resultado y abrió la puerta a la habilitación del legislador.

El razonamiento detrás del cambio de voto

Baquero fundamentó su decisión en un análisis detallado de la norma electoral, destacando que la selección de un candidato en una consulta obliga a acatar su resultado y genera inhabilidades para procesos posteriores si la pregunta no se formula adecuadamente. En este sentido, enfatizó la importancia de la redacción de la pregunta para evitar dobles consultas que vulneren la ley.

“Cuando se selecciona un candidato, lo establece también esa misma norma de la ley 1475 (de 2011), se está obligado al resultado de la consulta. Por eso es importante cómo se formule la pregunta. Si usted plantea: ‘¿Cuál de estas tres personas va a ser el candidato a la presidencia?’, ya no puede participar en otro proceso de consulta, porque ya lo está seleccionando. ¿Por qué? ¿Qué implicaría esto? Indicaría que habría una doble consulta si se permite esto”.

Altus Baquero, magistrado del CNE

El magistrado también recordó que, en consultas anteriores, las preguntas eran más amplias, como “¿Cuál de los candidatos en esta tarjeta electoral podría participar en una consulta interpartidista en el año siguiente?”, y citó el artículo séptimo de la Ley 1475, que impide a quien renuncia a una consulta volver a participar en esa corporación pública.

“El artículo séptimo de la Ley 1475 de 2011 señala claramente que si una persona que se inscribe en una consulta, renuncia, ya no puede volver a participar en esa corporación que se está eligiendo”.

Altus Baquero, magistrado del CNE

Esta resolución tiene un impacto significativo en las alianzas y estrategias de campaña de cara a las elecciones presidenciales, al definir la participación de Cepeda en la consulta del Frente por la Vida, un mecanismo clave de coalición interpartidista. Ante la expectativa generada, el senador convocó movilizaciones para este martes 3 de febrero, mientras el CNE avanza en la designación de los conjueces para zanjar el empate.

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