Colombia declara la Amazonía colombiana reserva de recursos naturales renovables, suspendida por consulta previa

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En un anuncio hecho durante el Encuentro de Ministros de Ambiente de la Otca, en el marco de la COP30, Colombia declaró la totalidad de la parte colombiana del bioma amazónico como una zona de reserva de recursos naturales renovables, con un bloqueo de proyectos extractivos que incluía 43 bloques de hidrocarburos y 286 solicitudes mineras. La medida, anunciada por Irene Vélez Torres, ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e), quedó en suspenso por la falta de consulta previa necesaria para su implementación en un marco legal que exige ese proceso antes de que pueda operar plenamente.

La declaratoria, de carácter administrativo y condicionada a la realización y culminación de un proceso de consulta previa conforme al bloque de constitucionalidad y al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, abarca seis departamentos: Amazonas, Caquetá, Guaviare, Guainía, Putumayo y Vaupés. El área protegida alcanza 483.000 kilómetros cuadrados, lo que representa el 42% del territorio continental colombiano. Además de la prohibición de proyectos, la iniciativa detalla que se han bloqueado 43 bloques de hidrocarburos y 286 solicitudes mineras, afectando a una población cercana a 1,2 millones de habitantes y a 566 comunidades étnicas. El marco institucional Cemac (Comisión Especial de Medio Ambiente y Clima) y la Alianza Amazónica por la Vida forman parte de un esfuerzo regional por blindar la Amazonía y avanzar hacia una transición energética justa; la nota RAD. 2025-2-002410-044834 del Ministerio del Interior acompaña la información y subraya que la adopción está condicionada a la realización y culminación de la consulta previa.

Una medida de protección que aún depende de la consulta previa

La decisión, que busca liderar regionalmente y fortalecer la cooperación en la cuenca, surgió como parte de un esfuerzo para consolidar Cemac y favorecer la coordinación regional frente a delitos ambientales y la biodiversidad, con miras a un acuerdo multilateral para eliminar progresivamente combustibles fósiles. Sin embargo, la nota del Ministerio del Interior enfatiza que no corresponde aplicar la declaratoria sin completar ese trámite, lo que mantiene la medida en suspenso y genera incertidumbre entre comunidades y autoridades locales de las seis jurisdicciones implicadas. En términos prácticos, podría modificar modos de vida, subsistencia y territorios de las comunidades, a la vez que establece un marco regulatorio que exige la consulta previa para cualquier intervención económica, territorial o ambiental en la zona.

«Colombia ha decidido dar el primer paso. Hemos sido el primer país de la cuenca amazónica en declarar la totalidad de la parte que corresponde a Colombia del bioma amazónico como una zona de reserva de recursos naturales renovables» – Irene Vélez Torres, ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e)

«cuidar la Amazonía no es un sacrificio económico, es una inversión ética en el futuro de la región y de la humanidad. La selva es una sola, los ríos no tienen fronteras y la vida tampoco» – Irene Vélez Torres, ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible (e)

Entre los elementos de contexto, la iniciativa forma parte de la trayectoria de Cemac y de la Alianza Amazónica por la Vida, centrada en combatir delitos ambientales y gestionar la biodiversidad, con miras a una transición energética justa. En sentido práctico, la implementación de la declaratoria depende de culminar la consulta previa y de la definición de un marco regulatorio que permita avanzar con una cooperación regional fortalecida, dada la magnitud de su impacto sobre seis departamentos, más de 1,2 millones de habitantes, 566 comunidades étnicas y la biodiversidad que concentra, según las estimaciones, una parte relevante de las plantas registradas a nivel mundial. El procedimiento interior, reflejado en RAD. 2025-2-002410-044834, subraya la necesidad de cumplir con la consulta previa para toda autoridad que regule actividades económicas, territoriales o ambientales en la zona, lo que obliga a un paso adicional antes de que la declaratoria pueda hacerse operativa.

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