Colpensiones fija 16 de julio 2026 como plazo para traslados de régimen pensional

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Colpensiones anunció que la fecha límite para solicitar el traslado de régimen pensional, ya sea del público a los fondos privados o viceversa, es el 16 de julio de 2026, pero esta oportunidad aplica únicamente a quienes hayan cumplido los requisitos mínimos antes del 30 de junio de 2025. Esta medida, vigente en todo Colombia, responde al artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, cuya reforma pensional se encuentra parcialmente suspendida por la Corte Constitucional ante 91 demandas en revisión.

El proceso exige una doble asesoría obligatoria, tanto de Colpensiones como de un fondo privado, para comparar beneficios, cotizaciones, requisitos y proyecciones de pensión, garantizando una decisión informada. Los requisitos mínimos incluyen un mínimo de 750 semanas cotizadas para mujeres y 900 para hombres, con edades de al menos 47 años para ellas y 52 para ellos al momento del traslado. Cabe destacar que existe un traslado especial disponible dentro de los 10 años previos a la edad de pensión, que es de 57 años para mujeres y 62 para hombres.

Contexto de la reforma y recientes fallos judiciales

La Ley 2381 de 2024 introduce cambios significativos en el sistema pensional, aunque su vigencia es parcial mientras la Corte Constitucional analiza las demandas. Quienes no soliciten el traslado antes del plazo perderán la posibilidad de elegir entre el régimen público o los privados para sus aportes y jubilación. Además, a partir del 1 de enero de 2026, las mujeres requerirán 1.250 semanas cotizadas para la pensión de vejez, de manera gradual hasta llegar a 1.000 en 2036. En un fallo relevante, la Corte Suprema de Justicia ordenó el 7 de enero de 2026 la pensión de sobrevivientes aplicando la norma más favorable, comparando el Acuerdo 049 de 1990 con la Ley 100 de 1993, y rechazó una negativa de Colpensiones en 2019 por insuficiencia de semanas cotizadas.

Esta ventana de traslado representa una oportunidad clave para los cotizantes cercanos a la jubilación, subrayando la importancia de actuar con antelación ante las transformaciones en el sistema pensional colombiano.

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