Colpensiones confirmó el cronograma de pago de la mesada 14 para junio de 2026, un beneficio que recibirán exclusivamente los pensionados que cumplen condiciones previas a la reforma pensional de 2005. El desembolso, equivalente a una mesada ordinaria adicional, se realizará entre el 15 y el 30 de junio a través de los canales habituales de la entidad, de forma automática y sin necesidad de trámites adicionales. Este pago extra está destinado a quienes obtuvieron su pensión antes del 25 de julio de 2005 y reciben menos de 15 salarios mínimos, o bien antes del 31 de julio de 2011 con ingresos de hasta tres salarios mínimos. También están incluidos los jubilados de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional —por sus regímenes especiales—, los docentes oficiales y los beneficiarios de sustitución pensional.
La mesada 14 fue un pago anual adicional que la reforma de 2005 restringió para garantizar la sostenibilidad fiscal del sistema de pensiones colombiano. La decisión se basó en que mantener el beneficio para todos los afiliados representaba una carga económica muy alta para las finanzas públicas. Por eso, solo conservan el derecho quienes ya lo tenían consolidado antes de esa fecha o bajo condiciones específicas. En la práctica, esto significa que el pago adicional en junio equivale exactamente al valor de la mesada mensual que recibe cada pensionado: por ejemplo, alguien con una pensión de tres millones de pesos mensuales recibirá tres millones adicionales en junio.
Condiciones y revisiones para pensionados por invalidez
El sistema contempla también disposiciones especiales para los pensionados por invalidez, un grupo que debe cumplir revisiones periódicas para no perder la mesada. La pérdida de capacidad laboral debe ser igual o superior al 50 %, y se exige haber cotizado al menos 50 semanas en los tres años anteriores a la discapacidad. Una vez reconocida la pensión, la ley establece revisiones obligatorias cada tres años. Quien recibe una notificación de la Junta de Calificación para presentarse a un examen tiene un plazo de tres meses; si no asiste, se suspende el pago. Si la omisión se prolonga por doce meses más, el derecho a la pensión prescribe.
El fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia ha generado un precedente importante para los pensionados que recibieron mesadas inferiores por falta de información clara de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). La Corte reconoció el derecho a una indemnización por “pérdida de oportunidad” cuando los fondos privados no asesoraron adecuadamente sobre la posibilidad de trasladarse a Colpensiones. Esta decisión judicial subraya la necesidad de que las administradoras ofrezcan información transparente, especialmente en un sistema que ofrece dos regímenes: el de prima media, manejado por Colpensiones, y el de ahorro individual, gestionado por los fondos privados. Ambos contemplan pensiones por vejez, invalidez y muerte.
Con la publicación de este cronograma para junio de 2026, Colpensiones reitera la continuidad del beneficio para el grupo restringido de pensionados que aún lo reciben. Sin embargo, la mayoría de los nuevos jubilados solo perciben trece pagos anuales, lo que confirma el impacto de la reforma de 2005 y la transición hacia un sistema más limitado en términos de prestaciones adicionales.












