En una decisión judicial que ha generado amplio rechazo en la capital del país, el taxista José Eduardo Chalá Franco, de 56 años, fue condenado a 28 años y cinco meses de prisión por arrollar a once personas en el sur de Bogotá. Los hechos ocurrieron el 8 de noviembre de 2025 en el barrio Santa Rita, localidad de San Cristóbal, cuando el conductor, que manejaba un taxi de servicio público, perdió el control del vehículo y embistió a un grupo de peatones. La sentencia, conocida el 21 de julio de 2026 en primera instancia, determinó que Chalá Franco conducía con grado tres de alcoholemia —el máximo legal— y a una velocidad superior a la permitida, condiciones que el juez consideró como una actuación dolosa.
El atropellamiento dejó un saldo inicial de once personas heridas, entre ellas varios menores de edad. Días después del incidente, una de las niñas que resultó gravemente lesionada falleció a causa de las heridas, lo que derivó en un proceso penal paralelo contra el conductor por homicidio agravado. En esta primera condena, el taxista fue hallado culpable de los delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones personales dolosas agravadas y lesiones personales simples, cargos que la Fiscalía sustentó con evidencia técnica, incluyendo grabaciones de cámaras de seguridad y otros elementos materiales probatorios.
Detalles de la condena y solicitud de la defensa
Además de la pena privativa de la libertad, el fallo impuso una multa equivalente a 19,42 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por el mismo tiempo de la condena. Durante el proceso, la defensa del sentenciado, liderada por el abogado Saúl León, argumentó que su cliente presenta «un cuadro de polimorbilidad crónica» y solicitó que la pena no se ejecutara en un centro penitenciario. Sin embargo, el juez rechazó esta petición, ordenando que Chalá Franco cumpla su condena en prisión.
La posición de las víctimas
Por su parte, el representante legal de las víctimas, Juan Felipe Amaya, reveló que uno de los menores lesionados en el siniestro «continuaba en recuperación» y debía ser sometido a una «nueva intervención quirúrgica» debido a las consecuencias permanentes que le dejó el atropellamiento. La gravedad de las lesiones y el impacto en las familias afectadas han mantenido el caso en la opinión pública, mientras se espera el desarrollo del proceso paralelo por el homicidio agravado de la menor fallecida.
La sentencia fue emitida en primera instancia, por lo que aún puede ser apelada por la defensa. El juez concluyó que Chalá Franco actuó de manera dolosa al conducir en estado de embriaguez en condiciones peligrosas, lo que llevó a la tragedia que hoy tiene a once familias marcadas por la violencia vial en Bogotá.












