Condenan a Barona y coautor a 32 meses por violencia de género en Bogotá

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La Veintitrés Manizales informa desde Bogotá que el Tribunal Superior de Bogotá confirmó este 21 de noviembre de 2025 la condena de 32 meses de prisión para el periodista Juan Fernando Barona por lesiones personales agravadas y violencia de género, y dejó en ese mismo periodo la pena para su coautor William Vergara por el ataque a Danielle Silveira, ocurrido la noche del 14 de octubre de 2022 en el apartamento que compartían Barona y Silveira; las imágenes de seguridad registraron la agresión en un ascensor.

La sentencia ratifica que la agresión tuvo lugar en la capital colombiana, con las grabaciones de cámaras de seguridad que registraron el ataque en el ascensor del inmueble donde residían Barona y Silveira. Barona y Vergara habrían golpeado a la víctima, y Vergara actuó como cómplice en lo que el fallo describe dentro de un patrón de abuso. La condena cubre el delito de lesiones personales agravadas y violencia de género, circunstancias que, según el juez, están enmarcadas por una relación de dominación y superioridad física ejercida contra la mujer por su condición de género.

La condena se mantiene: 32 meses para Barona y Vergara

En el cuerpo de la sentencia, las declaraciones del juez Efraín Bermúdez señalan que la condena se sostiene en la argumentación de la primera instancia y en el desarrollo del juicio, sin que ello implique introducir hechos nuevos ni sorpresivos que desborden el marco trazado por la fiscalía. El fallo también subraya que la condena se mantiene por los hechos descritos, sin novedades que desborden el marco de la acusación y sin que se haya considerado la indemnización de la víctima durante el proceso.

«Sí, en circunstancias fácticas que estructuran la circunstancia de agresión por el hecho de ser mujer, en tanto describió la condición de medida y extranjera víctima, los reiterados insultos vinculados a su género, las expresiones de menosprecio y hostilidad que la trataban de loca, tóxica y celosa y otros calificativos denigrantes, así como la evidente relación de dominación y superioridad física ejercida por los procesados en un contexto en la que la violencia desplegada obedeció precisamente a la posición de vulnerabilidad que le representaba su condición de mujer», expuso el togado. – Juez Efraín Bermúdez, Tribunal Superior de Bogotá

«En esas circunstancias, contenidas desde el traslado del escrito de acusación y ampliamente debatidas en el juicio, son el fundamento que empleó la primera instancia y en esta oportunidad la Sala para emitir condena por el delito de lesiones personales agravadas, sin que ello implique introducir hechos nuevos ni sorpresivos que desborden el marco trazado por el ente fiscal». – Juez Efraín Bermúdez, Tribunal Superior de Bogotá

«La eventual intención de negociar no configura por sí sola afectación del derecho de defensa en caso de que no se concrete, menos en este caso, por cuanto ninguno de los acusados expresó interés en terminar tempranamente el proceso, ni mucho menos se planteó la posibilidad de allanarse al cargo que consideraba se había ejecutado con el fin de que se evalúe tal alternativa. Tampoco mostraron intención de indemnizar a la víctima». – Juez Efraín Bermúdez, Tribunal Superior de Bogotá

Contexto y alcance: la condena se refiere a la agresión ocurrida la noche del 14 de octubre de 2022, registrada en las cámaras de seguridad del ascensor del apartamento que compartían Barona y Silveira; la noticia llega a raíz de la confirmación del fallo por el Tribunal Superior de Bogotá el 21 de noviembre de 2025. El caso mantiene la pena de 32 meses por violencia de género y lesiones para Barona y su coautor, y reitera que Vergara actuó como cómplice, sin que existan novedades que desborden el marco de la acusación ni del marco probatorio.

Observaciones del fallo: las declaraciones del juez señalan que no hubo intención de indemnizar a la víctima durante el proceso, y la resolución sostiene la condena por los hechos descritos, sin introducir elementos que desborden lo planteado por la fiscalía, consolidando así el marco de la sentencia dentro de los límites legales establecidos para estos delitos.

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