En una decisión judicial sin precedentes en Colombia, el Tribunal Superior de Bogotá condenó a tres exjefes paramilitares por un plan sistemático de violencia de género, esclavitud sexual, trabajos forzados e incluso brujería contra mujeres y niñas en los departamentos de Meta y Vichada, entre los años 2000 y 2004. Los sentenciados son José Baldomero Linares, conocido con el alias de Guillermo Torres, Rafael Salgado, alias Águila, y José Delfín Villalobos, alias Alfa 1, quienes fungían como cabecillas de las Autodefensas Campesinas de Meta y Vichada. La magistrada Alexandra Valencia lideró el fallo que reconoce el cuerpo femenino como objetivo prioritario de una política represiva estructurada para el control social en la región.
La sentencia, emitida en el marco de la Ley de Justicia y Paz, documentó cómo los condenados sometieron a por lo menos 57 víctimas, en su mayoría mujeres y niñas, a través de agresiones sexuales, corte público de cabello con machete, humillaciones constantes y la privación de condiciones básicas para atender su menstruación, obligadas a improvisar con trapos o retazos de tela. Según la resolución judicial, «no se les concedió ninguna forma de atender sus días menstruales», una de las múltiples vejaciones que hacían parte de un repertorio de terror. Además, las víctimas eran chantajeadas con hambre para obtener favores sexuales y enfrentaban sanciones económicas si quedaban embarazadas. Los hechos tuvieron como epicentro el centro de retención de Alto Neblinas y el municipio de Puerto Gaitán.
Brujería y adoctrinamiento como armas de control
Uno de los aspectos más impactantes del fallo es la inclusión de rituales esotéricos de brujería como parte del plan de sometimiento. José Baldomero Linares admitió haber recurrido a supuestos practicantes de estas artes para manipular comportamientos y mantener el temor, creando en las víctimas la percepción de un «poder sobrenatural». La sentencia también revela que familias enteras y autoridades escolares llegaron a aceptar los raptos y castigos como rituales «ejemplarizantes», transformando las agresiones en un adoctrinamiento colectivo. A las mujeres sobrevivientes se les llamó despectivamente «las Calvas» y fueron obligadas a cubrirse la cabeza o exiliarse para no ser reconocidas.
«No se les concedió ninguna forma de atender sus días menstruales, al verse obligadas a improvisar con trapos o retazos de tela la contención del flujo»
Resolución judicial del Tribunal Superior de Bogotá
La condena inicial impuesta fue de 40 años de prisión y millonarias multas, pero fue reducida a ocho años efectivos por aplicación de la Ley de Justicia y Paz. Además, el Tribunal ordenó una reparación económica superior a los 10.000 millones de pesos colombianos y, como parte de las reparaciones integrales, exige disculpas públicas en Puerto Gaitán, la creación de una expresión artística en memoria de los hechos en Alto Neblinas y priorización en atención médica y psicológica para las sobrevivientes. El fallo también exhorta al Estado a implementar políticas de memoria y reparación colectiva, sentando un precedente crucial al reconocer la violencia de género y la brujería como instrumentos de un plan de terror sistemático.












