El representante a la Cámara Julio César Triana Quintero, del partido Cambio Radical por el Huila, defendió en las últimas horas el proyecto de ley conocido como ‘Ley Anticapuchos’, una iniciativa que crea un nuevo tipo penal en el Código Penal colombiano. La propuesta establece penas de cuatro a ocho años de prisión, no excarcelables, para quienes oculten su identidad con capuchas, pasamontañas o cualquier elemento que cubra el rostro y que, además, cometan actos vandálicos durante protestas o movilizaciones.
En declaraciones difundidas a través de Blu Radio, Triana explicó que la iniciativa busca cerrar un vacío legal que, según él, permite que personas detenidas por actos violentos en manifestaciones recuperen rápidamente la libertad. «Una persona puede protestar con una capucha y una máscara y simplemente no va a pasar nada», afirmó el congresista, quien señaló que el proyecto no penaliza el uso de capucha en sí mismo, sino únicamente cuando se utiliza para cometer actos delictivos, violentos o incluso actos de terrorismo. «Aquí lo que hay es una agravación punitiva para quien utiliza esa capucha, esa máscara o ese ocultamiento de la identidad para cometer actos delictivos, actos violentos, para generar incluso actos de terrorismo», precisó Triana.
Fundamentos constitucionales y referentes internacionales
El representante sustentó la propuesta en el artículo 37 de la Constitución colombiana, que garantiza el derecho a la protesta pacífica, así como en el artículo 15 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Según Triana, la iniciativa se alinea con normas similares existentes en Chile y Guatemala, países que ya cuentan con disposiciones que prohíben el uso de capuchas en protestas o lo consideran una agravante penal.
«[La norma se aplicaría] sin distinción alguna»
Julio César Triana, representante a la Cámara
Una de las aristas más polémicas del proyecto es su alcance en instituciones educativas. Triana aclaró que la sanción aplicaría sin distinción alguna, incluso para estudiantes de universidades públicas que invoquen la autonomía universitaria. La iniciativa incluye agravantes específicas si los hechos ocurren en centros de salud, educativos, de socorro o en infraestructura pública que preste servicios a la comunidad. También se agrava la pena si se usan artefactos peligrosos artesanales durante los actos vandálicos.
Contexto y urgencia de la iniciativa
El debate cobra relevancia en medio de la coyuntura actual, pues el Gobierno nacional ha atribuido a grupos de encapuchados y a la denominada primera línea parte de los incendios forestales registrados en el departamento del Tolima. Triana insistió en que el proyecto busca evitar que grupos reducidos infiltren movilizaciones pacíficas para cometer delitos bajo el anonimato que otorga el ocultamiento del rostro. De ser aprobado, los jueces contarían con agravantes expresos para valorar estos hechos, superando un eventual examen de constitucionalidad.
La iniciativa, elaborada por congresistas de distintos partidos y no solo de Cambio Radical, pretende modificar el Código Penal para que quien cometa un delito con el rostro cubierto no pueda obtener libertad provisional. De esta forma, según Triana, se cierra la puerta a que detenidos por actos violentos durante protestas recuperen la calle rápidamente, un fenómeno que, a su juicio, desestimula la movilización pacífica y facilita la impunidad.










