El Consejo de Estado admitió dos demandas para anular la personería jurídica del partido Progresistas, liderado por la senadora María José Pizarro, una decisión que podría alterar el equilibrio político dentro del Pacto Histórico. La admisión de estas dos acciones se dio en menos de un mes, y se produce en un contexto en el que, apenas días después de estos movimientos, se admitió la demanda de la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, el 7 de noviembre de 2025. El Consejo de Estado ordenó la notificación del CNE, de Progresistas, del Mais, del Ministerio Público y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para avanzar en el proceso.
Las demandas sustentan que el Consejo Nacional Electoral vulneró la normativa vigente al conceder la personería sin cumplir los requisitos de la Ley 1475 de 2011, y sostienen que el reconocimiento fue condicionado pese a procesos sancionatorios pendientes. Las resoluciones del CNE cuestionadas son la 09111, de 3 de septiembre de 2025, y la 09907, de 1 de octubre de 2025. Este episodio se enmarca en la historia de Progresistas, que nació a partir de una escisión del Mais, y que en 2022 recibió el respaldo del Mais para la candidatura de Pizarro dentro de la lista del Pacto Histórico. Si la personería fuese anulada, Progresistas podría perder la capacidad de otorgar avales, con un impacto directo en su posición dentro del Pacto Histórico y en las estrategias para futuras listas al Congreso y la definición de la ofensiva electoral de 2026.
La tensión legal en torno al Pacto Histórico
El contexto revela que Ximena Echavarría ha encabezado procesos similares que terminaron con la pérdida de personerías de otros partidos afines al Gobierno, como Fuerza Ciudadana, Todos Somos Colombia, En Marcha y Soy porque somos. Sobre el origen del caso, Progresistas se formó por la ruptura del Mais, y este último no respaldó un único partido del petrismo en ese periodo, lo que ha alimentado la complejidad de los apoyos para la coalición. La notificación ordenada por el Consejo de Estado busca garantizar el debido proceso ante un tema sensible de cara a las contiendas de 2026.
«El artículo 14 de la Ley 1475 prohíbe expresamente escisiones o fusiones de colectividades con procedimientos en curso ante el CNE», señalan en su demanda. – Ximena Echavarría y Nicolás Dupont, representantes de Dilo Colombia
«La prohibición contenida en el artículo 14 de la Ley 1475 es de aplicación estricta; el CNE no puede crear excepciones donde la ley no las contempla» – Paloma Valencia, senadora del Centro Democrático
«Desconoció la ley estatutaria y vulneró la Constitución» – Paloma Valencia, senadora del Centro Democrático
En este escenario, el Consejo de Estado ha subrayado que la notificación se realiza para garantizar la transparencia del proceso y evitar posibles efectos indebidos en el proceso electoral de 2026, cuando están en juego las listas y la estrategia de alianzas dentro del Pacto Histórico. Este desarrollo llega en un momento crucial para la discusión sobre la conformación de las coaliciones y el reparto de avales en el marco de la contienda electoral de 2026.

















