La Sección Cuarta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Claudia Rodríguez Velásquez, admitió una tutela interpuesta por Samuel Alejandro Ortiz Mancipe en contra de la sentencia emitida el 21 de agosto de 2025 por la Sección Quinta, que había rechazado la demanda de nulidad de la elección de Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación. Esta decisión habilita el análisis de fondo del recurso y abre una nueva etapa judicial sobre el controvertido proceso de elección realizado en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, entre las 9:45 y las 11:15 de la mañana del mismo día en que Amelia Pérez Parra presentó su renuncia como candidata a las 8:45 ante la Corte Suprema y a las 9:15 ante la Presidencia de la República.
El caso gira en torno a presuntas vulneraciones al precedente de unificación jurisprudencial de 2012 del Consejo de Estado, que establece que la renuncia de un candidato desintegra la terna presidencial, obligando a su recomposición total, y que cualquier modificación debe estar motivada por causales específicas. Ortiz Mancipe alega que la renuncia de Pérez Parra, quien era parte de la terna que por ley debía incluir al menos una mujer, generó irregularidades en el proceso, incluyendo infracciones a normas superiores, expedición irregular de documentos, falta de motivación en las decisiones, presiones indebidas y conflictos de intereses. La Sección Quinta, sin embargo, desestimó la nulidad al considerar que no se configuraron vicios en la conformación de la terna, la renuncia ni la votación, argumentando que la terna no necesitaba incluir un hombre y que la falta de soportes documentales no invalidaba el proceso en su totalidad.
Detalles del proceso electoral cuestionado
Durante la sesión de la Sala Plena, Luz Adriana Camargo Garzón obtuvo 13 votos, cifra que según los demandantes no alcanzaba el mínimo requerido de 16 para su elección válida. La renuncia de Amelia Pérez Parra, presentada inicialmente ante la Corte Suprema —instancia sin facultades para pronunciarse sobre ella—, complicó el escenario, ya que la terna presidencial quedó desintegrada de acuerdo con el precedente de 2012, lo que supuestamente exigía una nueva conformación antes de proceder a la votación. La tutela ahora permitirá revisar si la Sección Quinta vulneró este precedente al validar el proceso pese a estas anomalías.
Implicaciones para la Fiscalía General
Esta admisión representa un revés para la elección de Camargo Garzón y podría derivar en la invalidez del proceso si se encuentra que se ignoraron los lineamientos jurisprudenciales. El Consejo de Estado, desde su sede en Bogotá, Colombia, se convierte nuevamente en el árbitro de un episodio que ha generado intensos debates sobre la transparencia en la designación de altos cargos. Mientras tanto, la Fiscalía General opera bajo la sombra de esta incertidumbre judicial, aguardando el fondo del asunto que podría reconfigurar el panorama político y jurídico del país.












