La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, mediante el cual se nombró a Cielo Rusinque Urrego como superintendente de Industria y Comercio. Esta decisión responde a demandas acumuladas presentadas por Miguel Ángel Martínez Calderón, Harold Eduardo Sua Montaña, Samuel Alejandro Ortiz Mancipe y Daniel Currea Moncada, quienes cuestionaron el proceso impulsado por el presidente de la República como nominador del cargo.
El proceso se originó con una invitación pública publicada en la página web oficial de la Presidencia de la República entre el 9 y el 11 de enero de 2024, para proveer la vacante de superintendente, con un total de 82 aspirantes inscritos. Sin embargo, el decreto de nombramiento se expidió sin un análisis adecuado de las hojas de vida de los candidatos ni consideración de las observaciones ciudadanas permitidas en esa convocatoria, lo que derivó en la revisión judicial bajo el artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cuestionamientos a la idoneidad y verificación de antecedentes
Los demandantes argumentaron principalmente la falta de idoneidad de Rusinque Urrego, destacando su ausencia de experiencia profesional relevante, la carencia de formación de posgrado exigida para el cargo y la omisión en la verificación ciudadana de sus antecedentes y hoja de vida. La Sala consideró estos vicios en el procedimiento, anulando así el nombramiento y dejando sin efecto su posesión en la Superintendencia de Industria y Comercio.
Esta noticia se encuentra en desarrollo, mientras se esperan las implicaciones del fallo para el cargo y posibles acciones de la Presidencia o la afectada, en un contexto donde la transparencia en los procesos de selección pública cobra mayor relevancia en Colombia.












