El alto tribunal concluyó que las intervenciones no tenían justificación suficiente en frecuencia, duración y contenido.
La Consejo de Estado dejó en firme una decisión judicial que ordena regular las alocuciones del presidente Gustavo Petro, al considerar que el uso de estos espacios no cumplía criterios adecuados de proporcionalidad.
La determinación fue adoptada por la Sección Tercera del alto tribunal, que rechazó los recursos presentados por la Presidencia de la República, el sistema de medios públicos RTVC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, dejando en firme el fallo de tutela.
El proceso judicial se originó tras una acción interpuesta por ciudadanos que cuestionaron la reiteración de estas intervenciones. En su análisis, los magistrados concluyeron que las alocuciones presentaban deficiencias en aspectos como la temática, la frecuencia y el tiempo de emisión, lo que derivó en una vulneración del derecho al pluralismo informativo.
El tribunal también evaluó el uso de canales públicos y privados para la transmisión de estos espacios, señalando que su emisión en horarios de alta audiencia exige criterios de justificación más estrictos, en equilibrio con los derechos de la ciudadanía.
Dentro del expediente se incluyeron datos que evidencian la intensidad en el uso de estos espacios. Según el análisis, el actual gobierno acumula más de 48 horas de transmisión en alocuciones, una cifra superior a la registrada por administraciones anteriores en un periodo más amplio.
Con esta decisión, el Consejo de Estado establece parámetros que buscan garantizar el uso adecuado de los medios de comunicación institucionales y proteger el acceso equilibrado a la información.












