Consejo de Estado rechaza pruebas de Cielo Rusinque en demanda por su cargo en SIC

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El Consejo de Estado, en su Sección Quinta y a través del despacho del magistrado Pedro Pablo Venegas Gil, negó las pruebas presentadas por Cielo Rusinque en el trámite de nulidad electoral impulsado por Samuel Ortiz Mancipe para anular su designación como superintendente de Industria y Comercio. Esta decisión se tomó tras el vencimiento de los traslados, mediante un auto emitido el 20 de noviembre de 2025, y se acompañó de la radicación del proyecto de fallo el día siguiente, concentrando el análisis en la certificación del Ministerio de Educación Nacional sobre el diploma francés de Rusinque.

El magistrado rechazó documentos académicos, artículos, traducciones y resoluciones de convalidación allegados por la defensa de Rusinque, al considerar que no guardaban correspondencia con el objeto de la prueba decretada de oficio, destinada a precisar el alcance académico de su título “Diplome Supérieur de l’Université – Droit Constitutionnel” expedido en Francia. Asimismo, se negaron las pruebas solicitadas por el demandante Ortiz Mancipe. Esta designación de Rusinque data del Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, emitido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Cuestionamientos a requisitos y experiencia

La demanda de Samuel Ortiz Mancipe pone en tela de juicio los requisitos académicos y la experiencia profesional de Cielo Rusinque para ocupar el cargo en la Superintendencia de Industria y Comercio. Rusinque, abogada egresada de la Universidad Externado de Colombia, con especialización y maestría en derecho constitucional e investigación de estudios políticos, ha sido señalada por su cercanía al presidente Petro desde la campaña de 2022, en un contexto donde la OCDE ha recomendado mayor independencia para la SIC. Ortiz Mancipe argumenta que, tras revisar detalladamente su hoja de vida, Rusinque carece de experiencia en materia de competencia, protección al consumidor, protección de datos y propiedad industrial.

“tras revisarse detalladamente la hoja de vida de Rusinque es posible colegir que no tiene experiencia en materia de competencia, protección al consumidor, protección de datos y propiedad industrial”

Samuel Ortiz Mancipe, demandante

Por su parte, la defensa de Rusinque y la Presidencia de la República han sostenido que el cargo de superintendente es de libre nombramiento y remoción, por lo que no se requiere concurso de méritos para su provisión. La prueba central del proceso radica en la certificación pendiente del Ministerio de Educación Nacional sobre los estudios realizados en Francia.

“el superintendente es de libre nombramiento y remoción, por lo cual no se requiere concurso de méritos para su provisión”

Defensa de Rusinque y Presidencia de la República

Este avance en el proceso, con el rechazo de pruebas y la radicación del proyecto de fallo, definirá la continuidad de Rusinque al frente de la SIC y se perfila como uno de los asuntos clave a resolver en 2026 por el Consejo de Estado.

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