Consejo de Estado suspende aumento del 23% al salario mínimo decretado por Petro para 2026

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El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025 emitido por el Gobierno de Gustavo Petro, que establecía un aumento del 23 por ciento, o 23,7 por ciento según algunas cifras, al salario mínimo para 2026. Esta decisión, tomada recientemente, obliga al Gobierno a emitir un nuevo decreto en un máximo de ocho días, respaldada por los gremios que insisten en apegarse estrictamente a los criterios de la Ley 278 de 1996. La medida afecta directamente a 2,4 millones de empleados con salarios formalmente incrementados, más de 1,3 millones de pensionados y a más de 11 millones de trabajadores con ingresos inferiores al mínimo, en un contexto donde seis de cada diez personas en la informalidad ganan menos que ese valor y el 56 por ciento no lo reciben.

La suspensión se fundamenta en que el decreto sustituyó los parámetros legales establecidos en la Ley 278 de 1996 —como la inflación, la productividad y el PIB— por conceptos como el «salario vital» de la OIT y la «brecha de suficiencia material», no contemplados en la norma. De esta forma, el Consejo de Estado evita un vacío normativo, ordenando mantener el pago del salario mínimo vigente durante los próximos ocho días para proteger tanto a trabajadores como a empleadores. El Consejo Gremial Nacional (CGN), presidido por Natalia Gutiérrez, y la Andi, liderada por Bruce Mac Master, celebraron la providencia, enfatizando la necesidad de una motivación técnica y jurídica en futuros incrementos, que cuadruplican la inflación y multiplican la productividad observada.

Gremios respaldan y alertan sobre impactos económicos

Los líderes gremiales expresaron su apoyo rotundo a la decisión judicial, destacando sus implicaciones en inflación, empleo, informalidad, competitividad y la viabilidad de las pequeñas y medianas empresas. Bruce Mac Master, presidente de la Andi, subrayó que los salarios ya incrementados para 2,4 millones de empleados y los ingresos de más de 1,3 millones de pensionados representan una realidad jurídica consolidada que no puede ignorarse, al tiempo que reiteró preocupaciones sobre los efectos negativos en los más de 11 millones de personas con ingresos por debajo del mínimo. Por su parte, el CGN, a través de su presidenta Natalia Gutiérrez, insistió en la importancia del control jurisdiccional para garantizar legalidad, equilibrio institucional y seguridad jurídica en un Estado Social de Derecho.

«En un Estado Social de Derecho, el control jurisdiccional de los actos administrativos constituye una garantía esencial de legalidad, equilibrio institucional y seguridad jurídica, por lo que las providencias judiciales deben cumplirse en sus estrictos términos y dentro de los plazos fijados por las autoridades.»

Natalia Gutiérrez, presidenta del Consejo Gremial Nacional (CGN)

Juan Daniel Oviedo, exdirector del Dane, rechazó cualquier politización del tema y urgió medidas para fomentar la formalidad laboral, criticando enfoques simplistas. «Nada de a las calles ni de proponer acuerdos nacionales para que el salario mínimo siga en $2.000.000. Pero lo que nos sirve es pensar que simplemente con subir el salario mínimo mucho, las cosas se van a solucionar cuando, en realidad, hoy, seis de cada diez personas que trabajan en la informalidad ganan menos de ese salario mínimo», afirmó. Mac Master también pidió apoyo específico a las pymes para mitigar la inflación y proteger el empleo, en un llamado unificado de los gremios por decisiones basadas en la ley.

«Los salarios incrementados a 2,4 millones de empleados y los ingresos de más de 1,3 millones de pensionados constituyen una realidad jurídica consolidada que no se puede ignorar.»

Bruce Mac Master, presidente de la Andi

Esta suspensión provisional marca un punto de inflexión en la discusión sobre el salario mínimo en Colombia, recordando la importancia de parámetros técnicos para equilibrar los intereses de trabajadores, empresas y la economía nacional, mientras el Gobierno prepara un nuevo decreto en el plazo judicial.

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