El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente el decreto presidencial que establecía un aumento del 23,7% en el salario mínimo para 2026, tras una demanda presentada por los gremios empresariales Fenalco y Fedetranscarga. Esta medida obliga al Gobierno nacional, encabezado por el ministro de Trabajo Antonio Sanguino, a expedir un nuevo decreto transitorio en un plazo máximo de ocho días, mientras que las partes tienen hasta el 24 de febrero para presentar argumentos ante la Corte. La decisión responde a cuestionamientos sobre la falta de criterios técnicos y constitucionales en la fijación del incremento, que no habría considerado adecuadamente el IPC, la productividad ni las condiciones económicas del país.
La demanda, impulsada por Fenalco, presidido por Jaime Alberto Cabal, y Fedetranscarga, liderado por Arnulfo Cuervo, argumenta que el decreto carece de justificación técnica sólida y pone en riesgo la sostenibilidad del empleo formal. Según estimaciones de los demandantes, el aumento suspendido podría generar la pérdida de más de 770.000 empleos, especialmente en sectores como el transporte, y agravar la inflación. Aunque la Andi, con Bruce Mac Master a la cabeza, no presentó la demanda, coincide en los riesgos económicos y sociales que conlleva esta medida unilateral.
Reacciones polarizadas entre gremios y sindicatos
Los gremios empresariales celebraron la suspensión como un paso hacia el equilibrio laboral, destacando que protege tanto el ingreso de los trabajadores como la viabilidad de las empresas. Por su parte, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), presidida por Fabio Arias, criticó duramente la decisión, advirtiendo que implica quitarle dos millones de pesos a cada trabajador colombiano, según su impacto estimado por empleado. El Gobierno, que defendía el decreto como una forma de preservar el poder adquisitivo frente a la inflación, productividad y PIB, aún no ha sido notificado oficialmente, y el ministro Sanguino calificó la resolución como un error.
“la fijación del salario mínimo no puede hacerse de manera unilateral ni desconociendo los criterios técnicos y constitucionales que buscan proteger tanto el ingreso de los trabajadores como la sostenibilidad del empleo formal y de las empresas”
Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco
“no responde a la realidad económica del país”
Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco
Arnulfo Cuervo, de Fedetranscarga, enfatizó que el incremento no se ajusta a las normas colombianas para el salario mínimo, ignorando el IPC, la productividad y el crecimiento económico, lo que ha erosionado el poder adquisitivo de los trabajadores y afecta la economía general.
“no se estableció bajo las normas que en Colombia rigen la fijación del salario mínimo, que son el IPC, la productividad y las condiciones de crecimiento de la economía”
Arnulfo Cuervo, presidente de Fedetranscarga
“Se ha perdido el poder adquisitivo de quienes recibieron el aumento, en la desproporción en que se hizo, y esto afecta la economía general del país”
Arnulfo Cuervo, presidente de Fedetranscarga
“quitarle dos millones de pesos a los trabajadores colombianos”
Fabio Arias, presidente de la CUT
Implicaciones para el empleo y la economía
Esta suspensión genera incertidumbre en el sector productivo, con posibles despidos masivos en transporte y otros rubros vulnerables, al tiempo que polariza el debate entre la necesidad de un salario vital y la preservación de puestos de trabajo. El nuevo decreto transitorio deberá incorporar argumentos técnicos sólidos para evitar mayores efectos en la inflación y el crecimiento económico, mientras el país espera una resolución definitiva de la Corte que equilibre los intereses de trabajadores, empresas y el Estado.















