Consejo de Estado suspende decreto de salario mínimo 2026 y mantiene vigente $1.750.905

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El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente el decreto 1469 de 2025, que había establecido el salario mínimo mensual legal vigente para 2026 con un aumento del 23 por ciento, manteniendo así en vigor el valor actual de 1.750.905 pesos hasta la expedición de un nuevo decreto transitorio. Esta medida, ordenada para evitar un vacío normativo, implica que los pagos de cesantías, prima de servicios y aportes a seguridad social se calcularán con base en el salario mínimo vigente durante los próximos ocho días, plazo otorgado para la publicación del decreto temporal.

La suspensión tiene un efecto diferido y solo se hará efectiva una vez se publique el nuevo decreto, lo que genera preocupación por su impacto en las cesantías de 2025, que deben liquidarse antes del 14 de febrero, así como en las primas, vacaciones, aportes a salud, pensión y riesgos laborales. En caso de liquidaciones que abarquen periodos con distintos valores de salario mínimo, se debe realizar un promedio del ingreso base correspondiente a cada etapa, mientras que los aportes a seguridad social, primas y vacaciones se liquidan con el salario vigente al momento en que se causan.

Precisa el experto en derecho laboral

Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia, aclaró que esta decisión no implica dejar de pagar el salario mínimo con el aumento del 23 por ciento de forma inmediata, ya que todo depende de la expedición del decreto transitorio ordenado por el alto tribunal. Agregó que, para liquidaciones fraccionadas de auxilio de cesantías que cubran dos valores distintos de salario mínimo, corresponde hacer un promedio del ingreso base de cada periodo, y que mientras no se expida el decreto provisional, las cesantías de 2025 se siguen calculando con el salario establecido en el decreto 1469 de 2025.

«no se deja de pagar el salario mínimo con el aumento del 23% mientras no se expida el nuevo decreto transitorio ordenado por el alto tribunal»

Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia

«Si se tiene que liquidar una fracción de auxilio de cesantías que abarque dos valores distintos de salario mínimo, debe hacerse un promedio del ingreso base correspondiente a cada periodo. Mientras no se expida el decreto provisional, las cesantías se siguen liquidando con el salario mínimo vigente establecido en el decreto 1469 de 2025»

Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia

El experto enfatizó que la suspensión no genera efectos retroactivos sobre obligaciones y derechos ya calculados con base en el salario mínimo de 2026, por lo que no hay lugar a reliquidaciones ni reclamaciones por multas o sanciones ya causadas o pagadas. Las cesantías de 2025 se liquidan exclusivamente con el salario de ese año, y no existe base legal para suspender pagos ni aplicar reducciones anticipadas en prestaciones sociales.

«La suspensión del decreto no tendrá ningún efecto sobre obligaciones y derechos que ya se calcularon con base en el salario mínimo 2026. No hay lugar a reliquidaciones ni a reclamaciones por multas o sanciones ya causadas o pagadas»

Luis Fernando Moreno Sánchez, director de la Especialización en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Católica de Colombia

Esta es una medida provisional a la espera del fallo de fondo por parte del Consejo de Estado, que busca equilibrar la estabilidad laboral en todo el país sin alterar compromisos ya adquiridos por empleadores y trabajadores.

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