Consejo de Estado suspende el Decreto 0858 de 2025 mientras se revisa demanda de nulidad

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En una decisión que modifica el rumbo de la reforma sanitaria del gobierno, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 0858 de 2025, que creaba el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. El auto interlocutorio de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, dejó en pausa la reglamentación y la implementación de las redes y estructuras previstas, mientras se resuelve la demanda de nulidad interpuesta por Andrés Forero, representante a la Cámara. La medida también afecta la competencia del Ministerio de Salud y da inicio a un análisis sobre si el Ejecutivo excedió sus facultades reglamentarias al sustituir un modelo de salud mediante un acto administrativo sin una ley aprobada por el Congreso.

El decreto, expedido el 30 de julio de 2025, planteaba un periodo de transición de un año para adecuar el sistema y establecía una meta de implementación total para julio de 2026, sin modificar la destinación de recursos del aseguramiento. Aunque la normativa buscaba avanzar con la reglamentación técnica necesaria para las Redes Integrales Territoriales de Salud, los Centros de Atención Primaria y la reorganización de las competencias territoriales, la suspensión impede la puesta en marcha de esas estructuras y detiene el proceso mientras se define su ajuste al marco legal vigente. El fallo definitivo, por ahora, no ha sido pronunciado.

Contexto necesario

Antecedente de la medida es la intención del Gobierno de desplazar el modelo actual basado en las EPS hacia una arquitectura centrada en la prevención, la atención primaria y la gestión territorial. El plan contemplaba la gobernanza territorial, la formalización del talento humano en salud y la reorganización de la financiación, con un año de transición y una implementación total prevista para julio de 2026, sin alterar la destinación de recursos del aseguramiento.

«Lo digo con todas las letras: suspender un sistema preventivo en un país es ir contra la vida humana. La ley ordena un sistema preventivo para Colombia» – Gustavo Petro, Presidente de Colombia

En lo que respecta al estado del proceso, la demanda de nulidad continúa en curso y, para su defensa, se reconoció la personería a los apoderados del Ministerio de Salud y del presidente de la República para presentar argumentos. El fallo definitivo aún está por resolverse, y el fallo provisional no cierra la puerta a futuras decisiones sobre la constitucionalidad y la viabilidad operativa del decreto cuestionado.

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