Consejo de Estado suspende provisionalmente Decreto 415 de traslados pensionales

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El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, emitido por el gobierno nacional, que reglamentaba el traslado de recursos desde los fondos privados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) hacia Colpensiones en el régimen público. Esta medida cautelar, adoptada en el expediente 1023-2026 y acumulada en cuatro procesos judiciales, fue dada a conocer mediante un comunicado conjunto del Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Trabajo y Colpensiones el pasado 11 de mayo, alertando que su implementación bloquearía el pago de pensiones a los afiliados que se trasladen al régimen público.

La decisión del alto tribunal se fundamenta en que el gobierno excedió sus potestades reglamentarias, ya que los recursos de los afiliados debían destinarse al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo conforme a lo establecido en la Ley 2381 de 2024. Esta norma, que abrió una oportunidad excepcional de traslado en su artículo 76 —parcialmente suspendida por la Corte Constitucional—, se enmarca en el régimen de pensiones de la Ley 100 de 1993, vigente y que prohíbe la simultaneidad en dos regímenes. Además, el Decreto 1225 de 2024 reconoce que los ahorros individuales permanecen en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hasta la consolidación del derecho pensional, lo que complica el reconocimiento y la financiación de estas prestaciones si los recursos quedan atrapados en fondos privados.

Advertencias sobre la sostenibilidad financiera

En su comunicado conjunto, los Ministerios de Hacienda y Trabajo, junto con Colpensiones, enfatizaron los riesgos de la medida, señalando que genera una suspensión total del Decreto 415 mientras la reforma pensional permanece parcialmente suspendida. El Consejo de Estado también precisó que los plazos reducidos en la norma afectan la efectividad de futuras decisiones judiciales y que esta suspensión no habilita la modificación del destino de los recursos. El impacto directo recae en los afiliados trasladados, cuyos pagos pensionales se verían dificultados por la retención de fondos en entidades privadas.

«No resulta financieramente sostenible, ni jurídicamente exigible, a Colpensiones el pago de las obligaciones pensionales de una persona que se traslade a esa administradora, pero que los recursos destinados a financiar su prestación permanezcan atrapados en un fondo privado».

Ministerio de Hacienda, Ministerio de Trabajo y Colpensiones, comunicado conjunto

Reacciones del presidente Petro

El presidente Gustavo Petro reaccionó con dureza ante la decisión del Consejo de Estado, calificándola como «inconstitucional» y un «golpe de Estado contra el pueblo constituyente». En sus declaraciones, sostuvo que «el Consejo de Estado acaba con el derecho a la pensión» y que tal medida «no debe ser permitida por el pueblo trabajador», defendiendo así la iniciativa de traslado masivo impulsada por su administración en medio del debate sobre la reforma pensional.

Esta suspensión provisional deja en vilo el proceso de traslados y pone en jaque la estabilidad del sistema pensional colombiano, obligando a las autoridades a buscar alternativas para garantizar la financiación de las pensiones sin vulnerar los marcos legales vigentes.

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