Consejo de Estado suspende traslado de $25 billones de fondos privados a Colpensiones

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El Consejo de Estado de Colombia suspendió provisionalmente el artículo 2 del Decreto 415 de 2026, emitido por el Gobierno de Gustavo Petro el 20 de abril, lo que impide el traslado inmediato de 25 billones de pesos en fondos de pensiones privados administrados por las AFP hacia Colpensiones. Esta medida, dictada el 28 de abril mediante un trámite excepcional del artículo 234 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, responde a una demanda presentada por la abogada Diana Milena Bolívar, líder de Derecho Laboral, Seguridad Social y Ugpp en Scola Abogados, quien interpuso diez cargos de nulidad contra el decreto por extralimitación de las facultades reglamentarias del Ejecutivo.

El decreto cuestionado ordenaba el traslado inmediato de los fondos de los trabajadores que solicitaron pasar al régimen público en Colpensiones, contradiciendo la Ley 2381 de 2024 y el Decreto 1225 de 2024, que condicionan dicha operación a la consolidación del derecho pensional. La suspensión provisional busca proteger los ahorros de millones de afiliados y garantizar la seguridad jurídica ante una posible nulidad de fondo, evitando la irreversibilidad práctica de la operación que generaría complejidades financieras y operativas descomunales para revertir los recursos, títulos de deuda e inversiones ya ejecutadas.

Críticas a la medida gubernamental y defensa de la confianza legítima

Diana Milena Bolívar argumentó que el Gobierno excedió sus competencias al alterar mediante decreto reglamentario obligaciones condicionadas por el legislador a eventos futuros, enfatizando que las necesidades de liquidez de Colpensiones no justifican tales acciones y que el Ejecutivo debió acudir al Congreso para modificar la norma en lugar de anticipar consecuencias jurídicas no previstas en la ley. La abogada también destacó la gravedad de la irreversibilidad del traslado, señalando que revertirlo implicaría desafíos inmensos en portafolios de las AFP, y criticó el cambio abrupto de reglas que traiciona la confianza legítima generada por el Estado hacia los afiliados que optaron por el traslado bajo condiciones claras.

“Las necesidades de liquidez de una entidad pública —por legítimas que sean— no pueden servir de fundamento para que el Ejecutivo, mediante decreto reglamentario, altere el momento en que opera una obligación que el legislador condicionó expresamente a un evento futuro. Si el Gobierno consideraba que la regla legal era inconveniente o insuficiente, tenía el camino correcto: acudir al Congreso, no facultarse mediante un decreto para anticipar consecuencias jurídicas que la ley no previó”

Diana Milena Bolívar, abogada líder de Derecho Laboral, Seguridad Social y Ugpp en Scola Abogados

“Lo que hace especialmente grave el Decreto 415 no es solo su ilegalidad, sino su irreversibilidad práctica. Una vez trasladados los recursos a Colpensiones, revertir esa operación —si la justicia finalmente declara la nulidad del Decreto— implicaría una complejidad financiera y operativa descomunal. Los títulos de deuda, las inversiones en curso, los rendimientos devengados: todo ello no regresa por arte de magia a los portafolios de las AFP como si nada hubiera ocurrido”

Diana Milena Bolívar, abogada líder de Derecho Laboral, Seguridad Social y Ugpp en Scola Abogados

Por su parte, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, reaccionó en su cuenta de X criticando la decisión judicial como un favor claro al capital financiero en detrimento de los derechos del pueblo trabajador. La suspensión, que afecta directamente a las administradoras de fondos de pensiones y alega desviación de poder, es solo provisional mientras avanza el proceso judicial con una decisión de fondo pendiente, protegiendo así los recursos de los afiliados en medio de las tensiones por la reforma pensional.

“los afiliados que ejercieron la oportunidad de traslado lo hicieron bajo unas reglas claras. Cambiarlas de manera abrupta, en su perjuicio y sin habilitación legal, es una forma de traicionar la confianza legítima que el Estado mismo generó”

Diana Milena Bolívar, abogada líder de Derecho Laboral, Seguridad Social y Ugpp en Scola Abogados

«la decisión del Consejo de Estado favorece claramente al capital financiero en detrimento de los derechos del pueblo trabajador»

Antonio Sanguino, ministro del Trabajo

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