Consejo de Política Criminal avala sometimiento de armados con pena mínima de 10 años

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En un paso significativo dentro del trámite legislativo, el Consejo Superior de Política Criminal emitió un concepto favorable al proyecto de ley de sometimiento que establece las condiciones jurídicas para que las organizaciones armadas ilegales se entreguen a la justicia. La iniciativa, promovida por la presidencia de Abelardo de la Espriella, busca renovar el marco legal que vence el próximo 4 de noviembre de 2026, fecha en que expira la Ley 418 de 1997, fundamento jurídico actual para los procesos de desmovilización. El respaldo del Consejo permite que el proyecto continúe su curso en el Congreso, donde aún deberá superar varios debates antes de convertirse en ley.

El documento de análisis presentado por el Consejo Superior de Política Criminal reveló una preocupante realidad: entre diciembre de 2022 y julio de 2026, el número de integrantes de grupos armados ilegales aumentó un 90%. Esta alarmante cifra se atribuye, según el Consejo, a las falencias del modelo de Paz Total establecido en la Ley 2272 de 2022, que no logró un desarme efectivo y, por el contrario, exacerbó la expansión de estas organizaciones criminales. El proyecto de sometimiento, presentado por el Ministerio de Justicia con ajustes tras las observaciones del Comité Técnico, la Fiscalía General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, pretende sustituir o complementar la Ley 418 en medio de este crítico escenario de seguridad.

Beneficios condicionados y penas para cabecillas

Uno de los puntos centrales del articulado es la definición de penas mínimas para quienes se sometan a la justicia. Según el Ministerio del Interior, el proyecto contempla que los cabecillas de las organizaciones armadas que acepten las condiciones establecidas deberán cumplir una pena mínima de 10 años de cárcel. Para los colaboradores de menor rango, se prevé una suspensión condicional de la pena que oscila entre 1 y 3 años, condicionada a la entrega total de bienes y a la verificación de la Fiscalía General de la Nación. Estos beneficios están sujetos a un riguroso seguimiento penal y a la acreditación de que la entrega es voluntaria y completa.

El texto revisado del proyecto, que ya incorpora las observaciones de las entidades consultadas, eliminó la figura del “interlocutor” de las organizaciones armadas y reemplazó el concepto de “Intervención Territorial Integral” por “Transformación Territorial Integral”. Además, se incluyeron garantías reforzadas para niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento forzado, así como medidas contra la violencia sexual y una aclaración explícita de que la definición de actores armados no busca criminalizar la protesta social pacífica. La Defensoría del Pueblo, que hizo observaciones clave, celebró estas modificaciones como un avance en la protección de derechos humanos.

«El número de integrantes de grupos armados ilegales aumentó 90% entre diciembre de 2022 y julio de 2026»

Consejo Superior de Política Criminal (en el documento de análisis)

Desafíos presupuestales y camino legislativo

Uno de los aspectos que aún debe definirse es la disponibilidad financiera para implementar el proyecto. El Ministerio de Hacienda tendrá que evaluar la viabilidad presupuestal para crear una Unidad Especializada de Investigación dentro de la Fiscalía General de la Nación, un órgano clave para verificar el cumplimiento de las condiciones de sometimiento y rastrear los bienes entregados por las organizaciones. Sin este respaldo económico, la efectividad de la ley podría verse comprometida desde su origen. El debate en el Congreso será intenso, pues mientras el Gobierno defiende la necesidad de un nuevo marco legal que supere las limitaciones de la Ley 418 y la Ley de Paz Total, sectores de la oposición cuestionan que los beneficios penales no sean suficientes para garantizar la desarticulación real de los grupos armados.

El concepto favorable del Consejo Superior de Política Criminal, aunque no es una aprobación definitiva, representa un espaldarazo técnico importante para que el proyecto avance en su trámite. La presión del tiempo es evidente: con el vencimiento de la Ley 418 fijado para el 4 de noviembre de 2026, el Congreso deberá aprobar esta nueva normativa antes de esa fecha para evitar un vacío jurídico en los procesos de desmovilización. Mientras tanto, las cifras de expansión de los grupos armados, que según el Consejo crecieron un 90% en menos de cuatro años, siguen siendo el telón de fondo de una discusión que definirá el futuro de la política criminal en Colombia.

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