El constitucionalista Mauricio Gaona rechazó de manera contundente la propuesta del exsenador, exembajador y candidato presidencial Roy Barreras de postular al presidente Gustavo Petro como vicepresidente en las elecciones de 2026, al calificarla de un «fraude constitucional de proporciones históricas». Este pronunciamiento se dio a través de publicaciones en la red social X, conocida anteriormente como Twitter, donde Gaona argumentó en contra de la habilitación de Petro para ese cargo debido a la prohibición constitucional expresa que impide que quien haya ejercido la Presidencia pueda ser elegido nuevamente presidente de la República.
La controversia surgió ante la iniciativa de Barreras, quien busca forjar una fórmula vicepresidencial con Petro para promover la unidad del oficialismo y garantizar la continuidad de las reformas después del 7 de agosto de 2026, fecha en la que culmina el mandato presidencial actual, con solo 179 días restantes. Esta idea ha generado una fuerte reacción en el ámbito jurídico y político, al cuestionar los límites constitucionales a la reelección, la alternancia en el poder y el rol de la vicepresidencia como sucesor en caso de falta absoluta del presidente, según lo establecido en el artículo 204 de la Constitución Política.
Gaona cita la norma constitucional para desmontar la propuesta
Mauricio Gaona, reconocido como Oppenheimer Scholar, O’Brien Fellow y doctor en derechos humanos por la Universidad de McGill, enfatizó que la proscripción constitucional es clara e indefectible en Colombia. En sus publicaciones, el experto subrayó que la vicepresidencia tiene un carácter ontológico, eventual y primario, destinado primordialmente al reemplazo en casos de falta absoluta, lo que hace inviable la postulación de un presidente saliente en ese puesto como un mecanismo para eludir las restricciones a la reelección.
«La proscripción constitucional en el caso colombiano es expresa e indefectible: ‘No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia’ (Art. 197 C.P., Acto Legislativo No. 02 de 2015)»
Mauricio Gaona, constitucionalista
Gaona profundizó en su análisis al resolver la dicotomía planteada, afirmando que quien está inhabilitado para ser el primero en la fórmula también lo está para ser el relevo. Barreras, por su parte, ha sostenido que la Constitución no prohíbe explícitamente que un mandatario aspire a la vicepresidencia tras concluir su período presidencial, lo que ha avivado el debate sobre si la política debe someterse a la norma o viceversa.
«De prosperar la tesis, a mi juicio recurrente, que busca habilitar un Presidente de la República como candidato a la Vicepresidencia, se estaría cometiendo un fraude constitucional de proporciones históricas»
Mauricio Gaona, constitucionalista
«O la política está al servicio de la Constitución, o la Constitución está al servicio de la política. En el primer caso hay democracia; en el segundo, dictadura constitucional. Lo demás, son formas»
Mauricio Gaona, constitucionalista
Este intercambio pone en el centro del debate público la tensión entre las ambiciones políticas y los límites impuestos por la Carta Magna, especialmente en un contexto electoral que se avecina cargado de tensiones, con el oficialismo buscando fórmulas para extender su influencia más allá del mandato actual de Petro.















