Corte Constitucional fija reglas para que jóvenes privados de libertad presenten Pruebas Saber 11

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La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, emitió la sentencia T-151 de 2026 en la que fijó reglas claras para garantizar que los adolescentes privados de la libertad puedan presentar las Pruebas Saber 11 sin que los requisitos administrativos se conviertan en barreras para su derecho a la educación. El fallo revisó el caso de diez jóvenes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) que enfrentaron dificultades para acceder al examen debido a que el Icfes les asignó sedes externas, en colegios y universidades, sin considerar su condición de internos en el Centro de Formación Juvenil Uno.

La controversia inició cuando una defensora de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) solicitó que los jóvenes presentaran la prueba dentro del centro de reclusión. Sin embargo, el Icfes alegó que la petición fue extemporánea y que en el sistema no se había registrado la condición de privados de la libertad. Ante esta situación, la Corte declaró la “carencia actual de objeto”, dado que el examen finalmente se aplicó dentro del centro de reclusión en septiembre de 2025, luego de que se reprogramara por problemas de orden público y nuevas solicitudes. No obstante, el tribunal consideró necesario pronunciarse sobre el fondo del asunto para evitar que hechos similares se repitan en el futuro.

Barreras administrativas no pueden vulnerar derechos

En su análisis, la Corte Constitucional advirtió que ninguna falla administrativa, falta de coordinación o error en los registros puede convertirse en un obstáculo para el acceso a la educación de los adolescentes privados de la libertad. Las entidades involucradas —Icfes, institución educativa y Centro de Formación Juvenil Uno— no pueden trasladar a los jóvenes las consecuencias de su propia desarticulación. La sentencia enfatiza que el derecho a la educación en contextos de privación de libertad debe cumplir con criterios de accesibilidad, calidad, pertinencia y flexibilidad, y que las Pruebas Saber 11 son un instrumento clave para que estos adolescentes puedan continuar estudios superiores y avanzar en procesos de inclusión social.

El tribunal recordó que el SRPA tiene una finalidad pedagógica, protectora y restaurativa, por lo que asignar sedes externas sin considerar la privación de libertad no solo vulnera derechos, sino que puede profundizar desigualdades. La Corte también advirtió al Icfes, a la institución educativa y al Centro de Formación Juvenil Uno que deben actuar de manera articulada para garantizar que situaciones como esta no se repitan, y que la falta de coordinación entre entidades no puede ser un argumento válido para restringir el acceso a la educación de los jóvenes que se encuentran en proceso de resocialización.

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