La Corte Constitucional de Colombia, a través de la Sentencia T-002 de 2026 emitida por la Sala Octava de Revisión con ponencia de Héctor Alfonso Carvajal Londoño y magistrados Carlos Camargo Assis y Natalia Ángel Cabo, ordenó a la Alcaldía de Bogotá impedir la reocupación de zonas desalojadas por riesgo de desastre tras procesos de reubicación. La decisión surgió de una acción de tutela interpuesta por una mujer de 65 años que habita desde hace más de 20 años un inmueble en una zona de alto riesgo no mitigable en Bogotá, caracterizada por inestabilidad del terreno y deslizamientos, donde anteriormente se realizó un reasentamiento en 2002.
La Corte analizó el incumplimiento de deberes por parte de la Alcaldía de Bogotá, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (Idiger) y la Caja de la Vivienda Popular, al permitir la reocupación de predios desalojados pese a que la zona está catalogada como de alto riesgo con recomendación de desocupación. La petición de reasentamiento de la accionante había sido negada por decreto distrital, lo que llevó al pronunciamiento por omisión de las autoridades en sus obligaciones de proteger la vida y la vivienda de los habitantes vulnerables.
Órdenes específicas para las entidades distritales
Entre las disposiciones clave, la Corte instruyó a la Alcaldía y al Idiger a recomendar la inclusión inmediata de la mujer en el Programa de Reasentamientos, mientras que la Caja de la Vivienda Popular debe incorporarla directamente al mismo. Además, las entidades están obligadas a demoler las edificaciones en predios previamente desalojados y a responder por cualquier reocupación futura, en cumplimiento del artículo 56 de la Ley 9 de 1989, que manda a los alcaldes inventariar asentamientos en riesgo y prevenir su rehabitación.
«el derecho a la vivienda guarda estrecha relación con la dignidad humana y otros derechos, como la vida, el mínimo vital, la salud, la educación y el acceso a los servicios del Estado»
Corte Constitucional, Sentencia T-002 de 2026
Esta sentencia refuerza la responsabilidad de la Administración distrital en la gestión de riesgos, subrayando que las omisiones en zonas de alto peligro no mitigable ponen en jaque derechos fundamentales. La decisión busca evitar tragedias futuras y garantizar soluciones habitacionales dignas para poblaciones en vulnerabilidad en la capital colombiana.















