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Corte Constitucional ordena a Ricardo Roa revelar los gastos de la campaña ‘Petro Presidente’

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El exgerente de la campaña presidencial debe responder el requerimiento de un medio de comunicación sobre la campaña de Gustavo Petro, para lo cual tiene un plazo de 10 días.

La Corte Constitucional ordenó a Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol y exgerente de la campaña presidencial de Petro, en un plazo de 10 días hábiles entregar todos los datos relacionados con los ingresos y gastos de dicha campaña.

Esta decisión se da como respuesta a una tutela interpuesta por la periodista Jineth Alicia Prieto Velasco, de La Silla Vacía, quien señaló que Roa no había atendido a su derecho de petición presentado en junio del año pasado, en el que solicitaba detalles sobre los gastos de la campaña, pagos a conferencistas, donaciones, además de otros registros.

Se pudo establecer que Roa se había negado a proporcionar la información, argumentando que estaba en un proceso con la Fiscalía y que ya había entregado los datos al Consejo Nacional Electoral (CNE).

De hecho, un juez de Bogotá falló inicialmente a favor de Roa, sin embargo, la Corte Constitucional revocó esta decisión, y según informó mediante comunicado de prensa, la información relacionada con la campaña presidencial es de interés público.

De esta forma, el alto tribunal determinó que “la información relacionada con los ingresos y gastos de las campañas electorales es de interés público, debido a su vínculo con la materialización de principios constitucionalmente relevantes”, y que “el gerente de una campaña electoral a la Presidencia de la República es su representante oficial y tiene deberes de reporte, garantía de veracidad y conservación de los datos de ingresos y gastos, y rendición de cuentas, incluso con posterioridad a la realización de los comicios”.

El alto tribunal recalcó, a través de su Sala de Revisión, que el derecho de petición resulta determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa, dado que permite garantizar otros derechos constitucionales, como los de acceso a la información, la libertad de expresión y la participación política.

La Corte Constitucional recordó que “los derechos de petición tienen una protección constitucional especial, particularmente cuando se refieren a temas de relevancia social como las campañas presidenciales”.

De hecho, en la orden de la Corte también se hace énfasis en la obligación de las autoridades y representantes de responder a las solicitudes de información, garantizando así el derecho de los ciudadanos a estar informados sobre asuntos de interés público.

Lea el comunicado completo de la Corte Constitucional

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