Corte Constitucional ratifica prohibición de corridas, corralejas, coleo y peleas de gallos

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La Corte Constitucional de Colombia confirmó la prohibición definitiva de las corridas de toros, corralejas, coleo y peleas de gallos, según informó la senadora Esmeralda Hernández, promotora de la Ley 2385 de 2024 o Ley No Más Olé. La publicación oficial del fallo C-374 de 2025 ratifica la constitucionalidad de la medida, estableciendo plazos de transición que van desde julio de 2027 hasta septiembre de 2028. La decisión aplica el concepto de Constitución viviente para reconocer el valor propio de los animales y un consenso ético contra causar dolor por entretenimiento.

La senadora Hernández, del Pacto Histórico, celebró la determinación del alto tribunal al afirmar que «el fin de la tortura como espectáculo es un hecho». La magistratura amplió el alcance de la ley mediante integración normativa, incorporando las corralejas, el coleo y las peleas de gallos, que inicialmente habían quedado por fuera del texto legislativo. «Excluirlas sería incoherente con el objetivo de transformación cultural», señaló la congresista al referirse al criterio de la Corte.

Plazos y transformación de espacios

La prohibición para las corridas de toros comenzará a regir a partir del 22 de julio de 2027, mientras que las corralejas, el coleo y las peleas de gallos quedarán prohibidas desde el 4 de septiembre de 2028. La sentencia ordena la transformación de plazas y recintos utilizados para estos espectáculos hacia nuevos usos culturales y recreativos. No obstante, se conservan las expresiones artísticas sobre la tauromaquia que no impliquen maltrato animal, como la indumentaria, la música, el toreo de salón y las representaciones escénicas.

«No se puede causar dolor deliberadamente por placer o diversión»

Fundamento atribuido a la decisión de la Corte Constitucional

Durante el estudio del expediente se presentaron 248 intervenciones de universidades, organizaciones animalistas, entidades estatales, actores privados y ciudadanos, quienes solicitaron declarar exequible la Ley No Más Olé. La senadora Hernández agradeció el respaldo recibido y destacó que el fallo relaciona la prohibición con una cultura de paz que incluya la convivencia con otras especies.

La Corte aplicó el concepto de Constitución viviente para interpretar las transformaciones éticas y sociales que han llevado a un rechazo mayoritario del maltrato animal como entretenimiento. Con esta decisión, Colombia se suma a la lista de países que han prohibido espectáculos con animales, en un paso que las organizaciones defensoras de derechos animales califican como histórico para el país.

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