La Corte Constitucional de Colombia admitió para revisión una tutela presentada contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien en una entrevista pública acusó a la madre de su hijo mayor de haberlo sometido a un supuesto abuso sexual. La decisión fue adoptada el jueves 28 de mayo por la sala de selección conformada por la magistrada Lina Marcel Escobar y el magistrado Juan Carlos Cortés, quienes consideraron que el caso representa «un asunto novedoso y la exigencia de aclarar el contenido y el alcance de un derecho fundamental». La tutela fue interpuesta por Yolanda Inés Robles Ramírez, madre del hijo mayor del magistrado, y por el propio Jorge Enrique Ibáñez Robles, el hijo en cuestión, quienes buscan que se ordene una retractación específica y medidas de protección frente a las declaraciones del togado.
El origen del conflicto se remonta a una entrevista que el magistrado Ibáñez concedió al medio CasaMacondo, en la que se refería a un expediente perdido en un juzgado de familia de Ibagué relacionado con el reconocimiento de paternidad de su hijo mayor, ocurrido en 2004. En esa conversación, el magistrado afirmó haber sido víctima de abuso sexual por parte de Robles Ramírez, con quien aseguró no haber tenido relación alguna. «Este es un asunto de la paternidad que aparece y se lo pongo con toda la transparencia. Aparece como consecuencia de una conducta de la que yo fui víctima. Especialmente, digamos, fui víctima de abuso sexual por parte de una señora», declaró Ibáñez en esa oportunidad.
El recorrido judicial de la tutela
En primera instancia, un juzgado de Neiva, Huila, ordenó al magistrado retractarse públicamente de sus afirmaciones. Ibáñez cumplió la orden en diciembre de 2025 mediante un escrito en el que señaló: «No he asegurado ni aseguro, porque no me consta, en tanto no tengo elementos probatorios que así lo certifiquen y por tratarse simplemente de una hipótesis descartada nunca acudí a la administración de justicia para solicitar investigación, que haya sido víctima de abuso sexual por parte de la citada señora con la cual no tuve relación alguna». Sin embargo, la parte demandante consideró que la retractación era insuficiente, pues no especificaba que la relación fue consentida ni desmentía la insinuación de que Robles Ramírez habría colocado al magistrado en situación de indefensión mediante sustancias.
En segunda instancia, un juzgado penal de Neiva revocó parcialmente la decisión en febrero de 2026 y ordenó al medio CasaMacondo eliminar las publicaciones relacionadas con la entrevista, así como abstenerse de atentar contra la intimidad, honra o buen nombre tanto del magistrado como de Robles Ramírez. Ahora, la Corte Constitucional revisará el expediente y decidirá si mantiene esas órdenes o adopta nuevas medidas. Entre las pretensiones de los tutelantes también figura que el magistrado aclare aspectos sobre el uso del apellido de su hijo, la cuota alimentaria, los aportes económicos y la relación personal y académica entre ambos.
«Este es un asunto de la paternidad que aparece y se lo pongo con toda la transparencia. Aparece como consecuencia de una conducta de la que yo fui víctima. Especialmente, digamos, fui víctima de abuso sexual por parte de una señora.»
Jorge Enrique Ibáñez Najar, magistrado de la Corte Constitucional, en entrevista con CasaMacondo
El caso ha generado debate en el ámbito jurídico por la condición del accionante como magistrado del alto tribunal y por la naturaleza de las declaraciones, que involucran derechos fundamentales como la honra, el buen nombre y la intimidad. La Corte Constitucional, al admitir la tutela, no solo revisará el fondo del asunto sino que también definirá el alcance de la retractación y las medidas de protección en casos donde un funcionario público realiza afirmaciones de esta índole. Se espera que en las próximas semanas el tribunal emita un fallo que siente precedente sobre los límites de la libertad de expresión cuando colisiona con la dignidad de las personas presuntamente involucradas en hechos de connotación sexual.












