La Corte Interamericana de Derechos Humanos programó para el 28 de enero de 2026 una audiencia pública en el caso Cañas Cano y otros contra Colombia, centrada en las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la masacre paramilitar del 16 de mayo de 1998 en Barrancabermeja, Santander. Este proceso examinará la responsabilidad del Estado colombiano por aquiescencia, colaboración y omisión de la Fuerza Pública en los asesinatos y desapariciones forzadas perpetrados por las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), con la participación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y las víctimas del caso.
La masacre tuvo lugar en la noche del 16 de mayo de 1998 en los barrios Nueve de Abril, El Campín, Divino Niño y La Esperanza, ubicados en el suroriente de Barrancabermeja, una ciudad petrolera en el Magdalena Medio marcada por el conflicto armado y una alta militarización con retenes militares y policiales. Unos 50 hombres armados llegaron en camiones, interrumpieron reuniones comunitarias e irrumpieron en las casas con listas de nombres, contando con la ayuda de personas encapuchadas para extraer a las víctimas, que luego fueron llevadas a zonas rurales donde fueron torturadas y ejecutadas. En el lugar murieron siete personas, mientras que otras 25 desaparecieron forzosamente, sumando un total de 32 víctimas.
Antecedentes del proceso judicial
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió su Informe de Fondo en junio de 2021 y sometió el caso a la Corte Interamericana en julio de 2024. El Estado colombiano ha solicitado 11 prórrogas para la audiencia y reconoció de manera parcial su responsabilidad por omisión en 2007, además de ofrecer un perdón público en 2018. Confesiones posteriores de paramilitares han permitido ubicar restos de víctimas y reconstruir los hechos, aunque las condenas contra altos mandos por omisiones siguen siendo escasas o inexistentes.
Este caso reaviva la discusión sobre la justicia transicional en Colombia y podría derivar en medidas de reparación integral para las víctimas, así como en órdenes de reforma institucional para prevenir futuras violaciones en contextos de conflicto armado.















