La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la condena contra el médico pediatra hemato-oncólogo Jesús Ardila Novoa y lo absolvió del delito de homicidio culposo por la muerte de una bebé de veinte meses, ocurrida tras un error en la aplicación de vincristina vía intratecal en una sala de cirugía de Neiva, Huila, el 1 de octubre de 2013. La decisión se tomó después de admitir la casación en julio de 2025 y realizar la audiencia el 22 de agosto de ese año, bajo la sentencia SP1991-2025.
El incidente se produjo cuando la menor, diagnosticada con leucemia linfoblástica aguda, recibía un protocolo de tratamiento que incluía metotrexato y dexametasona por vía intratecal, junto con vincristina prescrita para administración endovenosa. Sin embargo, el químico farmacéutico preparó erróneamente la vincristina en una jeringa con presentación y concentración inadecuadas, certificando su cumplimiento pese al fallo, lo que llevó a su aplicación intratecal en lugar de endovenosa. Inicialmente, el Juzgado 1° Penal del Circuito de Neiva lo condenó a 30 meses y 12 días de prisión, sentencia confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva en 2022.
Errores en la cadena de preparación y verificación
La reconstrucción del caso, basada en testimonios de personal de enfermería, instrumentación, química farmacéutica y medicina, reveló ausencias clave como la falta de un personal verificador en oncología. Además, ambos medicamentos se presentaron en jeringas, cuando la vincristina debía administrarse en una bolsa de solución salina de 100 mililitros. El médico aplicó el fármaco confiando en la cadena previa de preparación y los roles de verificación establecidos, sin que le correspondiera inspeccionar bajo las condiciones de asepsia en la sala de cirugía.
La Corte Suprema justificó la absolución argumentando que Jesús Ardila Novoa actuó con confianza legítima en las verificaciones previas del equipo multidisciplinario, y que no era de su competencia realizar chequeos adicionales en un entorno estéril. Esta resolución pone fin a un proceso judicial de más de una década y resalta las fallas sistémicas en los protocolos hospitalarios de preparación de medicamentos oncológicos.

















