La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia fijó un precedente judicial de gran alcance al precisar que cada episodio independiente de agresión física o psicológica cometido contra un miembro del núcleo familiar puede constituir un delito autónomo, siempre que ocurra en momentos distintos y esté debidamente acreditado. La decisión se tomó al resolver un recurso extraordinario de casación en un caso de violencia contra una compañera permanente, en el que la Corte casó parcialmente la sentencia para ajustar la pena, confirmando en definitiva una condena de 85 meses de prisión.
El caso analizado por la Corte involucra a un hombre que fue condenado en instancias ordinarias por dos delitos de violencia intrafamiliar agravada y un delito de lesiones personales dolosas agravadas, luego de múltiples agresiones físicas y psicológicas contra su compañera permanente durante varios años de relación. Los hechos ocurrieron en fechas distintas y fueron denunciados e investigados por la Fiscalía General de la Nación. La Corte encontró un error en el cálculo de la pena en las instancias ordinarias, lo que motivó la casación parcial, pero mantuvo la condena en su núcleo fáctico.
El precedente judicial
El alto tribunal estableció que el bien jurídico protegido en el delito de violencia intrafamiliar es la armonía y unidad del núcleo familiar, no solo el daño físico. La Corte indicó que la unidad familiar no impide reconocer varias conductas punibles si cada agresión presenta autonomía fáctica, ocurre en oportunidad distinta y puede individualizarse probatoriamente. De esta manera, no toda sucesión de agresiones debe entenderse como un único delito continuado; el juez debe evaluar la separación temporal, las características de cada agresión y la posibilidad de acreditarlas de manera independiente.
El precedente orientará el análisis de futuros procesos por episodios reiterados de violencia intrafamiliar en Colombia, aportando claridad sobre un aspecto que generaba incertidumbre: si varios episodios de maltrato en una misma relación constituyen una sola conducta o múltiples delitos. Con esta decisión, la Corte Suprema refuerza la protección de las víctimas y la capacidad de sancionar cada acto de violencia de forma individual, siempre que se cumplan las condiciones de autonomía fáctica y probatoria.












