Corte Suprema condena a fondo de pensiones por permitir retiro irregular de $1.850 millones

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La Corte Suprema de Justicia de Colombia, a través de su Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, emitió una sentencia histórica en el caso SC148-2026, condenando a un fondo de pensiones por permitir que la hermana de un afiliado fallecido retirara de manera irregular la totalidad de sus ahorros pensionales, que ascendían a aproximadamente 1.850 millones de pesos. El alto tribunal estableció que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen una responsabilidad objetiva en casos de desembolsos no autorizados, sentando un precedente legal que equipara los controles que deben aplicarse a los de las entidades bancarias.

El caso tuvo su origen cuando un afiliado identificado como «Pedro», quien padecía una enfermedad terminal, otorgó un poder especial a su hermana para que administrara sus ahorros. El afiliado había estado vinculado al fondo desde el 28 de agosto de 2001, acumulando aportes durante más de una década, hasta junio de 2012. Sin embargo, al momento de su muerte, el poder otorgado perdió toda validez jurídica. Pese a ello, la hermana presentó la solicitud de retiro total de los recursos, y el fondo procesó el desembolso sin verificar el fallecimiento del titular ni la caducidad del documento.

La falta de controles y la premura en el giro del dinero

La Corte fue contundente al señalar que el fondo no aplicó los mecanismos de seguridad necesarios para evitar el fraude. Los magistrados destacaron que «la solicitud de retiro no encendió las alarmas para, al menos, cuestionar por qué alguien con más de una década de vinculación a la institución financiera quería cancelar su afiliación, retirando la totalidad de su inversión». En su análisis, el tribunal subrayó que las pruebas demuestran no solo la falta de verificación por parte de la administradora, sino también «la premura con que se requirieron y giraron dichas sumas». Los herederos legítimos del afiliado fallecido demandaron al fondo, argumentando que esos dineros debían haber ingresado a la masa herencial para ser distribuidos entre todos los sucesores.

Responsabilidad objetiva y estándares de seguridad

En su fallo, la Corte Suprema recordó que «las instituciones financieras que manejan recursos del público están llamadas a contar con altos estándares de seguridad para la custodia de dineros ajenos, pues en ellas recae la confianza individual y colectiva de cada cliente en particular y de la sociedad en general». La sentencia advierte que las AFP no pueden limitarse a administrar el dinero, sino que deben prevenir activamente los riesgos y evitar que los recursos terminen en manos no autorizadas. Como consecuencia, se ordenó la devolución del dinero a la familia del afiliado, el pago de intereses moratorios y una indemnización por los perjuicios causados.

«Los herederos de Pedro demandaron al fondo, porque los dineros depositados debieron ingresar a la masa herencial»

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural

Este fallo de la Corte Suprema de Justicia, que dejó en firme la condena contra la administradora de pensiones, establece un precedente crucial para el sistema pensional colombiano. La sentencia fija un nuevo estándar de vigilancia sobre el manejo de poderes especiales, los retiros totales y cualquier movimiento atípico de los ahorros de los afiliados, obligando a las AFP a implementar controles rigurosos que protejan los recursos del público incluso después del fallecimiento del titular.

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