Corte Suprema ordena a empleadores pagar pensiones retroactivas a trabajadores domésticos en Colombia

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La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha establecido que los empleadores deben asumir directamente o pagar retroactivamente la pensión de los trabajadores domésticos que no fueron afiliados al Sistema General de Pensiones, en un fallo que reafirma las obligaciones laborales vigentes desde hace décadas. En un caso emblemático revisado por la Sala de Casación Laboral, se acreditaron 4.197 días laborados entre 1970 y 2007, obligando al empleador a reconocer ese tiempo de servicio mediante pago mensual directo o mediante una transferencia actuarial a Colpensiones o fondos privados de pensiones.

Esta decisión surge porque omitir la afiliación no libera al empleador de su responsabilidad, según lo dispuesto en la Ley 90 de 1946 y reafirmado por la Ley 100 de 1993, ya que las cotizaciones pensionales no prescriben, como lo han sostenido tanto la Corte Suprema como la Corte Constitucional. El fallo subraya la igualdad en las prestaciones pensionales para los trabajadores domésticos, un sector donde cerca de 700.000 personas dependen de estas labores en Colombia, aunque solo 120.000 están formalmente afiliadas al Sistema de Seguridad Social Integral, que incluye pensiones, salud y riesgos profesionales.

Obligaciones históricas y mecanismos de regularización

Desde la Ley 90 de 1946, los empleadores tienen la obligación de afiliar a sus trabajadores domésticos y realizar siete pagos obligatorios según el Ministerio de Trabajo, una carga que se extiende a la regularización de periodos anteriores a 1993 mediante cálculos actuariales. La sentencia precisa que la acreditación del tiempo de servicio es un derecho legal de toda persona trabajadora, plenamente aplicable a las labores de cuidado.

«es un derecho legal de toda persona trabajadora que el empleador valide el tiempo de trabajo que le ofreció para efectos pensionales, lo que, desde luego, es plenamente aplicable a labores de cuidado»

Corte Suprema de Justicia, sentencia

La Corte Constitucional ha enfatizado previamente la protección especial del Estado hacia el trabajo doméstico, lo que ahora podría traducirse en un aumento previsible de demandas judiciales y mayores cargas económicas para los empleadores, impulsando así la formalización de un sector mayoritariamente informal en el país.

«protección especial del Estado»

Corte Constitucional, fallo sobre trabajo doméstico

Este pronunciamiento no solo corrige omisiones pasadas, sino que fortalece la seguridad social para miles de trabajadores domésticos, recordando a los empleadores la importancia de cumplir con la afiliación obligatoria para evitar responsabilidades retroactivas que no caducan con el tiempo.

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