En la noche del 5 de noviembre de 2025, desde la Registraduría Nacional del Estado Civil en Bogotá, el exalcalde de Medellín y precandidato presidencial Daniel Quintero Calle anunció que interpondrá acciones legales contra el registrador nacional Hernán Penagos Giraldo y el registrador delegado en lo electoral, Jaime Hernando Suárez, por impedir la inscripción de su comité de firmas para la campaña de la consulta del Frente Amplio, denominada Reset Total Contra el Narco y los Corruptos. Quintero explicó que la denuncia penal será presentada el 6 de noviembre y que el plazo para la recolección de rúbricas se mantiene abierto hasta el 17 de diciembre. La noticia encontró eco en la publicación de la información en X, donde se detalló que la inscripción del comité ante la Registraduría era la pieza clave del proceso, y que la controversia está ligada a la supuesta dilación de la Registraduría como estrategia para retrasar la consulta, además de la renuncia de Quintero a la consulta del Pacto Histórico y la discusión sobre su elegibilidad y la competencia electoral.
Aunque el desenlace aún está por verse, la situación se enmarca entre un enfrentamiento directo entre Quintero Calle y los órganos electorales. En paralelo, se confirmó que la rúbrica necesaria para activar la consulta ronda las 630.000 firmas válidas y que el Frente Amplio espera que la consulta se celebre el domingo 8 de marzo, con comicios al Congreso en el horizonte. Este contexto añade tensión a la campaña de una iniciativa que busca impulsar un bloque multipartidista en torno a una plataforma contraria al narcotráfico y la corrupción, y que, según distintos actores, podría influir en la dinámica electoral de la región y del país.
La disputa entra en una nueva fase y pone a prueba la definición de competencia electoral
El desarrollo de la noticia recibió un primer eco institucional cuando el Consejo Nacional Electoral sostuvo que la materia de la consulta es competencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil o del registrador delegado en lo electoral, y que, en consecuencia, corresponde dar traslado por competencia de la petición indicada. Este pronunciamiento traslada la tensión al ámbito técnico-jurídico de la inscripción de firmas y despeja parte de la ruta procesal ante la petición de Quintero Calle, quien ha insistido en la necesidad de un trámite expedito para no perder años de tiempo en un proceso que considera clave para su eventual participación en la consulta y, por extensión, en el tablero electoral.
«Cómo decir que este país no necesita un reseteo. Nos han quitado ya la tercera parte del tiempo que teníamos para recoger las firmas. La demora de la Registraduría es una estrategia calculada para dilatar el proceso. Mañana (jueves 6 de noviembre) mismo denunciaré penalmente al Registrador y su delegado por prevaricato y abuso de autoridad» – Daniel Quintero Calle
«El asunto materia de consulta es competencia del registrador nacional del estado civil o el registrador delegado en lo electoral. En consecuencia, damos traslado por competencia de la petición indicada» – Consejo Nacional Electoral
«El artículo séptimo de la Ley 1475 de 2011 señala claramente que si una persona que se inscribe en una consulta, renuncia, ya no puede volver a participar en esa corporación que se está eligiendo» – Altus Baquero, magistrado del CNE
Este choque de versiones, que incluye antecedentes como el hecho de que Quintero Calle ha sido citado a enfrentar un proceso judicial por el caso Aguas Vivas, añade un nivel adicional de interés a la noticia. El desenlace podría afectar no solo la posibilidad de que el exalcalde participe directamente en la consulta, sino también la ventana de tiempo para la recolección de firmas y la eventual inscripción de su candidatura ante el Frente Amplio. En este marco, la discusión sobre la elegibilidad y la competencia electoral se mantiene vigente, con el Frente Amplio apostando a consolidar una propuesta que funcione como alternativa frente a los actuales actores políticos.

















