Demandan anulación de ZUT para Clan del Golfo en Tierralta (Córdoba), Belén de Bajirá y Unguía (Chocó)

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Los abogados Mauricio Pava Lugo y Nicolás Dupont Bernal presentaron una demanda ante el Consejo de Estado, a cargo del magistrado Carlos Fernando Mantilla, para anular la resolución presidencial emitida por Gustavo Petro el 22 de diciembre de 2025, que creó tres Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) destinadas a concentrar a 8.945 integrantes del Clan del Golfo en áreas rurales de Tierralta, en Córdoba, y Belén de Bajirá y Unguía, en Chocó. La acción judicial, radicada el 21 de enero, también solicita la suspensión provisional de estas zonas, que estarían operativas desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2026, alegando una presunta violación de la Constitución y extralimitación de competencias del Ejecutivo.

Los demandantes argumentan que la resolución ignora una sentencia de la Corte Constitucional de 2023 y usurpa funciones del Congreso, al carecer de una ley de sometimiento aprobada por esta corporación legislativa, requisito indispensable para establecer tales zonas. La medida presidencial se basa en la Ley 2272 de 2022, conocida como Ley de Paz Total, y fue anunciada el 5 de diciembre de 2025 tras el segundo ciclo de negociaciones en Doha, Catar, entre el Gobierno nacional y el Clan del Golfo, también llamado Ejército Gaitanista de Colombia. Como parte del proceso, se suspendieron provisionalmente órdenes de captura y solicitudes de extradición, incluyendo la de alias “Chiquito Malo”, jefe del grupo, requerida por Estados Unidos.

Preocupaciones por seguridad y legalidad

El Consejo de Estado será el encargado de definir la legalidad de las ZUT, en un contexto marcado por inquietudes sobre la custodia de armas, la seguridad de la población civil y el inminente proceso electoral. Un mecanismo de monitoreo se instaló el 20 de diciembre de 2025, y existe la posibilidad de extender estas zonas a municipios de Córdoba, Antioquia y Bolívar. En las comunidades afectadas, persisten temores por el control hegemónico que el Clan del Golfo mantiene en la región.

“Las zonas de ubicación solo se pueden establecer en una etapa avanzada del proceso para hacer viable el sometimiento a la justicia, de conformidad con la ley de sometimiento que expida el Congreso”

Corte Constitucional, sentencia de 2023

“El presidente de la República desconoció este mandato constitucional y actuó como si su competencia fuera plena e incondicionada. Ello configura un vicio de incompetencia por exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria”

Mauricio Pava Lugo y Nicolás Dupont Bernal, abogados demandantes

Voces locales expresan zozobra ante la aglomeración de combatientes. Jorge Elías Ricardo Rada, vocero de la Asociación de Campesinos del Sur de Córdoba, señaló que “el grupo nunca ha salido de aquí y su control sigue siendo hegemónico”, y advirtió que “aglomerar a los combatientes, por nuestra experiencia, nos da zozobra. Deberían esperar a que pase la jornada electoral”. Por su parte, Ricardo Giraldo, representante del Clan del Golfo, ha sostenido que “hemos sostenido que una ley de sometimiento no es la solución para el conflicto del que llevamos más de seis décadas en Colombia”. Esta demanda pone en jaque el avance de las negociaciones de paz en medio de un delicado equilibrio entre legalidad y seguridad nacional.

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