Desde el 15 de julio de 2026, Colombia dio un paso definitivo en la transformación de su mercado laboral con la entrada en vigor de la jornada de 42 horas semanales para el sector privado. Este cambio, que representa el último tramo de una reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021, aplica exclusivamente a los trabajadores cobijados por el Código Sustantivo del Trabajo, dejando por fuera a los empleados públicos cuyas condiciones se rigen por disposiciones estatutarias y negociación colectiva con el Estado. La medida, que afecta a cerca de 16 millones de empleos en el país, no implica una disminución salarial y busca ajustar la organización laboral a un modelo de productividad basado en eficiencia, sin depender de jornadas extensas.
El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que la transición arrancó en 2023, cuando la jornada pasó de 46 a 44 horas, y ahora culmina con las 42 horas. “Nosotros empezamos a esa reducción desde el año 2023. Primero fue a 46 horas, después a 44 y ahora, a partir de hoy será una jornada laboral semanal de 42 horas”, señaló el funcionario, quien detalló que las empresas privadas deben modificar su reglamento interno de trabajo y radicarlo ante el Ministerio del Trabajo para ajustar turnos y distribución del tiempo, ya sea por decisión unilateral o mediante acuerdo con los trabajadores.
Multas y recargos que acompañan el cambio
El incumplimiento de la nueva jornada acarrea sanciones severas. Las multas pueden alcanzar hasta 5.000 salarios mínimos legales vigentes, equivalentes a unos 10.000 millones de pesos, y las empresas que no apliquen la reducción también se exponen a procesos laborales como autodespido o demandas por retroactivos. En cuanto a los recargos, la normativa establece que la jornada diurna va de 6:00 a.m. a 7:00 p.m., momento en que inicia la nocturna, con un recargo del 35% sobre la hora ordinaria, que asciende al 75% si es trabajo suplementario. El valor de los dominicales y festivos, por su parte, subió al 90% desde el 1 de julio de 2026, mientras que el sábado no genera recargo adicional. En sectores como restaurantes, el domingo puede acordarse como día ordinario si se traslada el descanso compensatorio.
El tope de horas extra se mantiene en 12 horas semanales, lo que significa que ningún trabajador podrá exceder las 54 horas en total. Sanguino aclaró que “en términos reales, la hora laboral ordinaria, al disminuir la jornada, se liquida con el incremento y ajuste que se deriva de la reducción. La hora extra auténticamente recibe este ajuste”, lo que implica un reajuste en el valor de la hora trabajada. El Ministerio del Trabajo, además, puede actuar de oficio o por quejas formales mediante inspección, vigilancia y control para garantizar el cumplimiento de la medida.
«En términos reales, la hora laboral ordinaria, al disminuir la jornada, se liquida con el incremento y ajuste que se deriva de la reducción. La hora extra auténticamente recibe este ajuste»
Antonio Sanguino, ministro del Trabajo
La Ley 2101 de 2021, que originó esta transformación, coincide además con cambios asociados a la Ley 2466 de 2025, y su aplicación se ha dado de forma gradual para que las empresas pudieran adaptarse sin afectar la estabilidad laboral. Los sindicatos y organizaciones de trabajadores han celebrado la medida como un avance en la calidad de vida, mientras que algunos sectores empresariales han expresado inquietudes sobre el impacto en la productividad a corto plazo. Sin embargo, desde el Gobierno se insiste en que el objetivo es reducir la dependencia de largas jornadas y fomentar un modelo más eficiente, donde el descanso y la productividad no estén reñidos.










