La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) definió el calendario para la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2025, que se presentará entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, con beneficios tributarios que permiten reducir legalmente el impuesto a cargo. El recaudo de la Dian por este concepto alcanzó los 23,6 billones de pesos en 2025, lo que evidencia la importancia de una correcta planeación financiera para los contribuyentes colombianos.
De acuerdo con los expertos consultados, la declaración de renta no debe entenderse como un trámite que comienza con la publicación del calendario tributario, sino como un proceso de planeación permanente. Así lo señaló Carlos Huertas, director financiero de Siigo Latam, quien destacó que una adecuada organización financiera durante todo el año, el archivo correcto de los soportes y el conocimiento de los beneficios previstos en la legislación permiten optimizar la carga tributaria dentro del marco legal y reducir el riesgo de errores al momento de presentar la declaración.
Beneficios tributarios y deducciones clave
El Estatuto Tributario contempla varias deducciones que los contribuyentes pueden aplicar, siempre que cumplan con los soportes y condiciones específicas. Entre los principales beneficios se encuentran los aportes voluntarios a pensión, que son deducibles hasta por 3.800 UVT; las cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC), también con un límite de 3.800 UVT; los pagos por medicina prepagada o pólizas de salud, que pueden llegar hasta 16.200 UVT; y los intereses de vivienda, deducibles hasta por 1.200 UVT. Además, se pueden incluir deducciones por dependientes, para lo cual se requiere reunir los documentos que prueben esa condición, como certificados de medicina prepagada o pólizas, según explicó Reinaldo Medina, experto en finanzas de la Escuela de Negocios de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz.
«Cuando el contribuyente pretenda aplicar la deducción por dependientes o beneficios por salud, también debe reunir los documentos que prueben esa condición y los certificados de medicina prepagada o pólizas»
Reinaldo Medina, experto en finanzas de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz
Es importante recordar que deben declarar renta las personas naturales que superen al menos uno de los umbrales establecidos por la Dian para el año gravable 2025. Los vencimientos dependen de los dos últimos dígitos del NIT, y no cumplir con la obligación puede generar multas equivalentes al 5% mensual sobre el valor a pagar, más intereses moratorios. La multa mínima por extemporaneidad para 2026 se estima en aproximadamente 524.000 pesos. En casos graves, la omisión puede impedir trámites financieros.
Los expertos recomiendan verificar la información reportada por agentes retenedores, entidades financieras y terceros, y no esperar al último día del plazo para presentar la declaración. Entre los documentos clave se encuentran los datos del contribuyente, certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios y certificados de créditos hipotecarios. Para declaraciones complejas, se sugiere consultar con un contador o utilizar plataformas en línea que faciliten el proceso.










