DIAN publica calendario tributario 2026 con plazos por último dígito del NIT

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia, conocida como Dian, ha hecho público el calendario tributario para el año 2026 en su portal web oficial, estableciendo las fechas precisas para la declaración y pago de diversos impuestos nacionales. Este documento organiza los plazos según el último dígito del Número de Identificación Tributaria o NIT de cada contribuyente, abarcando obligaciones como el impuesto sobre la renta, el IVA, el impuesto al consumo, la retención en la fuente, el impuesto al carbono, los gravámenes por plásticos de un solo uso, bebidas azucaradas, comestibles ultraprocesados y combustibles, con el objetivo principal de facilitar el cumplimiento oportuno de estas responsabilidades fiscales a lo largo del territorio nacional.

Entre los plazos más destacados se encuentran las cuotas de renta para grandes contribuyentes, programadas para febrero, abril y junio, mientras que las personas jurídicas deberán pagar su primera cuota en mayo y la segunda en julio. Para las personas naturales, las declaraciones de renta se concentran entre septiembre y octubre. El IVA presenta modalidades bimestrales que cubren periodos como enero-febrero, marzo-abril y sucesivos, además de opciones cuatrimestrales y mensuales, coincidiendo el impuesto al consumo con los bimestrales del IVA. Otros impuestos como el del carbono se dividen en seis periodos anuales, los de plásticos de un solo uso y bebidas azucaradas también son bimestrales, el de patrimonio tiene cuotas en mayo y septiembre, los precios de transferencia vencen en septiembre, y el régimen unificado de bienes y servicios o RUB lo hace en febrero, mayo, agosto y noviembre.

Obligaciones adicionales y beneficios del escalonamiento

El calendario incorpora además las obligaciones de retención en la fuente sobre salarios y honorarios o RST, las declaraciones de activos en el exterior que coinciden con los plazos de renta, y las retenciones en la fuente de carácter mensual. Esta publicación busca ofrecer claridad y previsibilidad a los contribuyentes, evitando congestiones en el sistema tributario mediante un escalonamiento de fechas que distribuye las cargas de manera equitativa. Para las retenciones en la fuente de enero, los vencimientos se extienden del 10 al 20 y el 23 de febrero; las de febrero, del 10 al 20 y el 24 de marzo; y las de marzo, del 13 al 23 de abril, todos según el último dígito del NIT.

Los contribuyentes colombianos, incluyendo aquellos de regiones como Manizales y el Eje Cafetero, pueden consultar el documento oficial completo con sus cuadros detallados directamente en el sitio web de la Dian, asegurando así una planificación fiscal efectiva para el próximo año y contribuyendo al fortalecimiento de las finanzas públicas del país.

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