Dian publica guía fiscal para fondos de campañas electorales 2026

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia publicó una guía tributaria dirigida a partidos políticos, movimientos políticos, candidatos, promotores del voto en blanco y responsables de la administración económica, con el fin de reforzar el control y la transparencia en la financiación de las campañas electorales de 2026, que incluyen las elecciones al Congreso el 8 de marzo y a la Presidencia de la República el 31 de mayo. Esta iniciativa busca prevenir el uso indebido de fondos y facilitar la vigilancia social en todo el territorio nacional.

La guía detalla las obligaciones fiscales que deben cumplir estas entidades, como la inscripción y actualización obligatoria de datos en el Registro Único Tributario antes de iniciar las campañas, la declaración anual de ingresos y patrimonio, la facturación electrónica en ventas gravadas, la certificación de donaciones por parte de un contador o revisor fiscal, y el reporte de información exógena conforme a la Resolución 162 de 2023. Además, los partidos y movimientos no tributan renta, pero están obligados a informar sobre sus activos, pasivos e ingresos, y actúan como retenedores en pagos a terceros.

Obligaciones y beneficios para donantes

Entre los aspectos clave de la guía se destaca el tratamiento fiscal de las donaciones, que no constituyen renta ni ganancia ocasional si se destinan exclusivamente a la financiación de campañas y cumplen con los requisitos para su certificación. Los donantes que cumplan estos requisitos podrán acceder a un descuento tributario del 25 por ciento. La Dian integra la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, conformada por 13 entidades públicas, y específicamente la Subcomisión de Financiación de Campañas, presidida por el Ministerio del Interior.

“La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ya se encuentra activa como integrante de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, específicamente de la Subcomisión de Financiación de Campañas, de cara a las elecciones de Congreso y Presidencia de la República que se realizarán el 8 de marzo y el 31 de mayo de 2026, respectivamente”.

Comunicado de la Dian

“Solo los aportes recibidos y utilizados exclusivamente para actividades políticas quedan eximidos de considerarse renta o ganancia ocasional”.

Texto oficial de la guía de la Dian

El incumplimiento de estas normas genera sanciones económicas, la pérdida de beneficios tributarios y posibles consecuencias penales, subrayando la importancia de la transparencia en un proceso electoral que definirá el futuro político del país.

“Tratamiento fiscal de las donaciones, que no constituyen renta ni ganancia ocasional si se destinan exclusivamente a la financiación de campañas y los requisitos para su certificación”.

Comunicado emitido por la Dian

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